Diario La Hora es multada por la Supercom
La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), en concordancia con las atribuciones contempladas en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), determinó la responsabilidad del medio de comunicación social Editores Esmeraldeños Ediesa S.A., Diario La Hora, por tomar posición institucional sobre la culpabilidad de personas involucradas en una investigación legal, antes de una sentencia dictada por un juez competente, contraviniendo el artículo 25 de la LOC.
Por esta infracción se sancionó al medio de comunicación con una multa equivalente al 2% de la facturación promediada de los últimos tres meses del periódico, presentada en sus declaraciones al Servicio de Rentas Internas (SRI), como lo señala el mismo artículo.
La resolución de la Supercom dispone que el valor de la multa sea depositado o transferido a la cuenta corriente consignada en la misma, dentro del término de tres días contados a partir de la fecha de su notificación.
Además, se solicitó al SRI que en el término de 48 horas remita a este organismo de control un reporte de la facturación promediada en los últimos tres meses, presentada en sus declaraciones por el medio impreso.
El 7 de mayo pasado, el medio de comunicación Editores Esmeraldeños Ediesa S.A., Diario La Hora, publicó una nota titulada ‘Video de seguridad delata a presunto criminal de taxista’, en la página A 15, con cuatro imágenes y en la contraportada.
El 23 de junio de 2014, la Intendenta Nacional de Monitoreo y Análisis de la Información, Gina Balladares; y el Intendente Nacional de Prevención y Asesoría emitieron un reporte interno en contra de dicho medio de comunicación, por presuntamente incurrir en las infracciones tipificadas en los artículos 10, numeral 3 literal d); 22, 25 y 71 numeral 1 de la LOC por dicha publicación.
Luego del análisis de los elementos jurídicos, la Supercom determinó que el medio “no ha evitado el dar un tratamiento morboso a la información sobre el supuesto crimen que motivó la nota periodística publicada en la página A15 y la contraportada de la edición de 7 de mayo de 2014”. Las imágenes publicadas “tienden a provocar atracción por un hecho desagradable y violento (…)”.
Se añade que la utilización de frases como “evidencia contundente”, “arma homicida con emaculaciones de sangre” y, “el imputado le asesta la puñalada que le provocó la muerte”, incluidas en las notas periodísticas publicadas en la página A15 y contraportada de la edición de 7 de mayo de 2014 (...) no se encuentran entre comillas; por lo que se considera, que son de responsabilidad del medio de comunicación social".
En relación con la verificación y precisión del hecho narrado, el accionado afirmó que la veracidad de los hechos se respaldó en la fuente, que en este caso sería la Policía Judicial de Esmeraldas; sin embargo, el Teniente de Policía Luis Meza Cartagena de la Policía Judicial de Esmeraldas emitió una certificación en la que señalaba que “no ha autorizado ninguna entrega de fotografías o filmaciones en torno al presunto delito cometido”. Por tanto, “al no haberse demostrado la veracidad de la fuente, tampoco se ha justificado que los principios de verificación y precisión fueron observados a cabalidad”.