Comité del Ciadi mantiene suspensión de la ejecución del laudo en el caso OXY
La tarde del lunes pasado, el Comité de Anulación encargado de resolver el recurso de anulación interpuesto por el estado ecuatoriano en contra del laudo final del caso OXY, ratificó por unanimidad la suspensión de la ejecución del laudo.
El pasado 13 de mayo, el equipo de defensa jurídica del Estado, liderado por el procurador Diego García, compareció ante el Comité de Anulación –constituido bajo reglas CIADI– para presentar sus alegatos orales con relación al pedido de la petrolera Occidental de que se levantara la suspensión de la ejecución del laudo con el que un Tribunal Arbitral condenó a Ecuador al pago de una indemnización superior a $1.700 millones, debido a la declaratoria de caducidad del contrato del Bloque 15 en el año 2006.
En su alegato, la Procuraduría solicitó al Comité de Anulación que se mantuviera suspendida la ejecución del laudo mientras se desarrolle el proceso de anulación, debido a las violaciones de derecho contenidas en dicha decisión arbitral, al daño irreparable que tendría su ejecución para Ecuador y a la ausencia de prueba de que el Estado ecuatoriano haya incumplido sus obligaciones internacionales en el pasado.
El Procurador García expresó su satisfacción ante la decisión que, agregó, “le permitirá al equipo de defensa del Estado dedicar sus esfuerzos a la preparación de los argumentos legales para obtener la anulación del laudo”.
Una vez recibidos los escritos y escuchado los alegatos orales en la audiencia que se realizará en abril de 2014, el Comité de Anulación designado para resolver la solicitud presentada por el Estado ecuatoriano emitirá su decisión.
El 11 de octubre de 2012, la Secretaría General del CIADI registró la solicitud de anulación del laudo final emitido el 5 de octubre del mismo año por el Tribunal que conoció el arbitraje iniciado por la petrolera OXY contra la República del Ecuador debido a una supuesta violación del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI), a partir de la declaratoria de caducidad del Contrato de Participación para la Exploración y Explotación del Bloque 15.
En su solicitud de anulación, la Procuraduría General del Estado argumentó que “el Tribunal se excedió de manera manifiesta en el ejercicio de sus competencias, sus decisiones fueron tomadas sin motivación o con motivación insuficiente o contradictoria y, finalmente, se violaron reglas fundamentales del procedimiento”, según explicó el Procurador García, en su momento.