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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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El CNE busca unificar reglamentos electorales

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Una vez que la Asamblea revise las 18 objeciones presentadas por el presidente Lenín Moreno al proyecto de Reformas del Código de la Democracia, las enmiendas podrán ser publicadas en el Registro Oficial para que entren en vigencia. 

A pesar de que el Legislativo no ha emitido fecha para tratar el tema,  de acuerdo a la ley tienen 30 días para  pronunciarse sobre el veto presidencial que fue enviado el viernes pasado.

Pero al mismo tiempo el  Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá trabajar en la conformación de reglamentos para aplicar la renovada ley.

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, explicó que estas reformas modifican de fondo y forma el Código de la Democracia vigente, por consiguiente hay que preparar la normativa para viabilizar su correcta aplicación.

Señaló que, por ejemplo, el cambio al método Webster para la asignación de escaños amerita la emisión de un reglamento que determine la manera de contar los votos, pues se venía utilizando el de D’Hondt.

Por este motivo, sostuvo, están pensando en unificar las reglamentaciones.

“Tenemos muchos reglamentos, incluso algunos que no se utilizan,  por eso analizamos la posibilidad de elaborar uno solo general”.

Aclaró que la función electoral es diferente a las demás funciones del Estado, por eso se necesita elaborar una normativa secundaria que garantice el correcto uso del Código de la Democracia.

Para ello es fundamental hacer un trabajo técnico, de ahí que invitarán a la academia, a expertos, a gremios de abogados y a organizaciones  electorales para que apoyen en la construcción de los reglamentos que necesitarán.

Asimismo, enfatizó que esperan la publicación de  las reformas en el Registro Oficial para proclamar en febrero el año preelectoral, de ahí que sea necesario ir aprobando los reglamentos de acuerdo al plan operativo electoral. 

La funcionaria recalcó que el primer  reglamento que necesitan es el del padrón pasivo, que implica la eliminación del padrón electoral de las personas que no hayan ejercido su derecho al voto en  los cuatro procesos electorales anteriores, consecutivamente.

El jurista Esteban Ron manifestó que entre las funciones y atribuciones del CNE, de acuerdo al artículo 25 numeral 9 del Código de la Democracia, está el elaborar reglamentos. 

Las reformas al Código de la Democracia tendrán una consecuencia directa en todo el sistema electoral, por lo que el CNE será el responsable de materializarlas reglamentariamente para generar reglas de juego claras en las organizaciones políticas y certeza, y más que nada confianza electoral en los ciudadanos.

La reglamentación administrativa y electoral deberá ser producida de manera inmediata, una vez entren en vigencia las reformas.

Además, la reglamentación vigente deberá ser modificada y actualizada en el aspecto electoral antes de la convocatoria a elecciones, prevista para octubre de este año.

El CNE no solo produce reglamentos sino también instructivos y protocolos técnicos, los que también deberán ser revisados y adecuados.

Del análisis de la propuesta de reforma y objeciones del Ejecutivo se deberán modificar al menos 10 reglamentos, como por ejemplo el de Conformación de Alianzas Electorales; Promoción Electoral; Fiscalización y Control de Gasto Electoral.

También Inscripción y Calificación de Candidaturas; Observación Electoral; Democracia Interna de Organizaciones Políticas.

De la misma manera, las reglas sobre la Conformación y Funcionamiento de las Juntas Electorales; Selección y conformación de las Juntas Receptoras del Voto; Encuestas a boca de urna y Pronósticos Electorales y Registro Electoral.

El analista Diego Tello comentó que una vez publicadas las reformas al Código de la Democracia de forma definitiva, al CNE le tocará reglamentar toda la ley, “lo que será una tarea realmente ardua, pues estarán con el tiempo en contra”.

Opinó que esa labor tendrá que hacerla personal que tenga la experiencia suficiente aunque, manifestó, la mayoría de los actuales funcionarios son nuevos. (I)    

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