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Ecuador, 28 de Diciembre de 2024
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Organismo enviará proyecto de reformas

CNE propone la eliminación de las juntas intermedias

Las juntas intermedias de escrutinios constan en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.
Las juntas intermedias de escrutinios constan en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.
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La eliminación de las juntas intermedias de escrutinio y que el Consejo Nacional Electoral (CNE) tenga la atribución de dirigir debates entre los candidatos, son parte del paquete de reformas que plantea el organismo y que entregará esta semana a la Asamblea Nacional.

El coordinador jurídico del CNE, Ricardo Andrade, señaló que el proyecto contempla tres aspectos: fortalecimiento del control político y social, procedimientos administrativos y legales (corrección en deficiencias en cuanto a plazos y sanciones técnicas), y fomento a la inclusión social de grupos vulnerables a través de la normativa.

El presidente del CNE, Juan Pablo Pozo, señaló que el organismo  enviará el proyecto a la Asamblea con la anticipación necesaria, de manera que esté aprobado para su implementación en las próximas elecciones seccionales.

Pozo resaltó que la reforma elimina las ambigüedades que tienen algunos artículos, “es un código muy importante y vital para la democracia del país”.

Señaló que espera la invitación de la Comisión de Justicia de la Función Legislativa, para exponer las reformas preparadas con aporte de las coordinaciones del CNE.

El expresidente del Tribunal Supremo Electoral en 2006, Jorge Acosta, indicó que la eliminación de  las juntas intermedias es saludable ya que esa figura fue copiada a su tiempo de la legislación venezolana y lo único que ha hecho es entorpecer el conteo; “no se necesita un filtro adicional que es antitécnico”.

Sobre la implementación de debates entre los candidatos dirigidos por el ente electoral, opinó que sería muy saludable siempre y cuando sea obligatorio para todos.

Consideró esencial que la normativa sea clara al respecto, “ya hemos visto como hay postulantes que se niegan a comparecer a los espacios de debate y lo utilizan como estrategia electoral, pero si hay la obligación los electores se darán cuenta de las capacidades, recursos intelectuales, políticos, humanos que dispone el candidato a base de lo cual poder decidir el sufragio”. (I)

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