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CNE identifica 3.679 casos de campaña adelantada

CNE identifica 3.679 casos de campaña adelantada
23 de diciembre de 2013 - 00:00

El Reglamento de Promoción Electoral aprobado por el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) para los   comicios seccionales de febrero de 2014 ya fija algunas condiciones y prohibiciones para la publicidad y propaganda electoral.

Las organizaciones políticas fueron instruidas sobre el reglamento la semana pasada y se les aclaró que    durante la campaña están prohibidas de contratar publicidad en radio, televisión, prensa escrita y vallas publicitarias que no sean financiadas por el fondo de promoción electoral aprobado por el CNE.

Un total de $ 8’457.720,94 fueron aprobados como límite de gasto electoral, lo cual será distribuido entre candidatos a prefectos y viceprefectos; alcaldes y concejales del área urbana y rural; y miembros de las juntas parroquiales rurales.

María Bustamante, funcionaria de la Dirección de Promoción Electoral del CNE, dijo que según el artículo 29 de ese Reglamento, el organismo de control electoral pagará únicamente los productos comunicacionales que no excedan de 60 segundos de duración.

El exceso será imputado al gasto electoral del sujeto político correspondiente. Además, las propagandas televisadas deberán incluir lenguaje en señas y subtítulos.

Las infracciones

Actualmente, las autoridades electorales realizan los controles de la propaganda electoral para resguardar el espacio público, áreas y bienes patrimoniales, plazas, arbolado urbano y áreas regeneradas.

En el caso de utilizar recursos del Estado la sanción será una multa equivalente a 10 remuneraciones básicas unificadas y la  destitución del cargo, en caso de autoridades públicas.

Otra infracción será la inobservancia de las sentencias del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y resoluciones del CNE. Ese acto se sancionará con la suspensión de los  derechos políticos hasta un año y una multa de hasta 10 salarios.

El CNE aprobó un total de 8’457.720,94 dólares como  límite del gasto electoral para el 2014.


Las instituciones públicas que quieran pautar sus spots  deberán tener  autorización del CNE.
En caso de violación a las disposiciones establecidas, los comisarios metropolitanos ordenarán el retiro o la eliminación de la propaganda, costo que será asumido por el movimiento u organización política o del propietario que haya otorgado el permiso.

Actualmente, las autoridades electorales realizan los controles de la propaganda electoral para resguardar el espacio público.

Liliana García, funcionaria de la Dirección de Fiscalización y Control del Gasto Electoral, señaló que las fuentes de financiamiento de las organizaciones podrán provenir de las cuotas ordinarias que entregan los afiliados a las organizaciones política; y de las cuotas extraordinarias entregadas por  personas naturales que así lo deseen.

Sin embargo, estas últimas estarán condicionadas ya que no podrán exceder el 5% del monto máximo del gasto electoral establecido para cada dignidad. Los candidatos también podrán aportar para su publicidad, pero los montos entregados no podrán exceder el 10% de lo establecido por el CNE. Por ejemplo, en Pichincha, para prefecto y viceprefecto el monto aprobado para el  gasto electoral es de $ 317.660.  

Cabe señalar que las tiendas políticas podrán financiar su campaña publicitaria con la solicitud de  préstamos bancarios y no podrán exceder el 20% del gasto total.

Publicidad de instituciones  

El CNE señala en el Instructivo de Revisión y Autorización de la Difusión de Publicidad en las Entidades Públicas -aprobado para las elecciones presidenciales de 2013- que las entidades públicas tendrán que gestionar un permiso previo a la difusión de cualquier publicidad sobre sus obras y servicios.

El mismo regirá para los próximos comicios seccionales, donde se elegirá a 5.651 dignidades, y entrará en vigencia el 7 de enero próximo, cuando empiece oficialmente la campaña electoral, indicó la consejera Nubia Villacís.

El organismo electoral regulará la publicidad estatal de acuerdo a lo establecido en el artículo 207 del Código de la Democracia: “durante el período de campaña electoral todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad a través de prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias. Únicamente podrán informar a través de estos medios sobre asuntos cuya difusión sea necesaria para la ejecución de planes y programas específicos y que se encuentran en ejecución durante este período”.  

Villacís reiteró que con previa autorización de este organismo se podrían emitir noticias relacionadas con  conmociones nacionales, interrupción de servicios básicos que afecte a la ciudadanía, entre otros.

Código de Autorización

El organismo electoral aclaró que las instituciones públicas que quieran pautar sus spots publicitarios deberán tener su autorización.

Esta entidad ya cuenta con la logística y una plataforma para asignar un código de autorización, el cual aparecerá de forma visual, sonora y escrita en la publicidad.

Villacís señaló que la normativa establece los procedimientos que deberán realizar las instituciones públicas para pautar un spot.

El segundo inciso dispone que: la institución pública deberá presentar una solicitud al CNE, adjuntando  los productos comunicacionales. La solicitud debe ser presentada con 72 horas de anticipación a la fecha de difusión de la publicidad.

El primer inciso del instructivo de promoción electoral determina que durante el proceso electoral la función pública tiene prohibido: a) actuar en beneficio de  sus preferencias políticas; b) hacer publicidad o propaganda electoral en sus sitios de trabajo o demás dependencias; c) realizar proselitismo político; d) utilizar o permitir el uso de bienes del Estado con fines electorales; e) aprovechar su cargo para favorecer electoralmente o perjudicar a una candidatura; f) usar las influencias derivadas del ejercicio de sus funciones para obtener ventaja a favor de alguna candidatura.

Imputación al gasto electoral

Asimismo, se informó que la Dirección de Fiscalización y Gasto Electoral ha contabilizado un total de 3.679 evidencias establecidas en 585.431 dólares en todo el país.

Manabí, Guayas, Napo, El Oro y Santa Elena son las provincias que más han infringido la ley con productos publicitarios emitidos previo al inicio de la campaña electoral. Para ello se analiza la posibilidad de evaluar el monto gastado anticipadamente por cada candidato que participará en los comicios.

Cambios en juntas

En la última sesión del pleno del CNE se resolvió nombrar a Roberto Peralta y Nicolasa Panchana como nuevos vocales de la Junta Provincial Electoral del Guayas, en reemplazo de Sergio Benítez y José Navarrete.
Domingo Paredes, titular del organismo electoral, señaló que es fundamental fortalecer esta Junta Electoral  porque existe desorganización de los expedientes y fortalecer el equipo de abogados.

Está previsto nombrar hoy al nuevo presidente de esta junta que tiene la mayoría de electores en el país. También nombró a Federico Iglesias como quinto vocal de la Junta Provincial Electoral de Galápagos; y para la provincia de El Oro a Gonzalo Barcaza como vocal de la Junta de esa provincia, en reemplazo de Guillermo Ávila.

Según el Consejo Nacional Electoral estos cambios ayudan a fortalecer los equipos de trabajo que integran las juntas electorales, con profesionales destacados en el área jurídica.  

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