238 movimientos políticos tramitan su inscripción
El Consejo Nacional Electoral (CNE) analiza los requisitos de 238 organizaciones políticas que tramitan su inclusión en el registro electoral para ser habilitadas y presentar candidatos en los procesos electorales.
De ese total, 61 son de carácter nacional y 80 provinciales. El resto son grupos cantonales y parroquiales.
Actualmente constan en el registro electoral 279 organizaciones políticas, de ellas 8 son partidos, 15 movimientos nacionales, 71 provinciales, 164 cantonales y 21 parroquiales.
¿Cuál es la diferencia? En el caso de las organizaciones políticas nacionales y partidos están autorizados para poner candidatos en todas las dignidades de elección popular, incluido asambleístas nacionales y binomio presidencial.
Las organizaciones políticas provinciales solo pueden proponer candidatos a prefecto, asambleístas provinciales, alcaldes, concejales, miembros de las juntas parroquiales. Y las organizaciones políticas cantonales y parroquiales, únicamente alcaldes, concejales y miembros de juntas parroquiales.
El consejero José Cabrera dijo que al momento están 71 movimientos provinciales y 24 nacionales habilitados para presentar candidatos en las elecciones del 2021. Pero sigue el trámite de revisión de las organizaciones que esperan ser aprobadas.
“Se encuentran bajo análisis y si cumplen los requisitos señalados en el Código de la Democracia serán integradas al registro electoral”.
No obstante, especificó que en el caso de los comicios del 2021 solo participarán las que se califiquen hasta 90 días antes de la convocatoria a elecciones, que en este caso será el 17 de septiembre.
Por eso revisarán los requisitos hasta mayo, pues los comicios serán el domingo 7 de febrero del 2021.
En estas elecciones se elegirá mediante voto popular Presidente y Vicepresidente de la República, 15 asambleístas nacionales, 122 provinciales, además de cinco parlamentarios andinos. Por este motivo existe un total de 95 organizaciones políticas que pueden terciar en los comicios.
En el caso de la elección de asambleístas, cada provincia, de acuerdo a la cantidad de electores, tiene derecho a un número determinado de legisladores.
Por ejemplo, en Pichincha, se eligen 16 porque 13 pertenecen a los distritos de Quito y tres al resto de cantones de la provincia.
El analista político Diego Tello explicó que este cálculo se hace en base a lo que determina el Código de la Democracia, que dispone elegir a dos asambleístas por provincia y uno más por cada 200 mil habitantes o la fracción por encima de los 150 mil.
De esta manera si todas las organizaciones políticas provinciales y nacionales deciden presentar candidatos por su cuenta, sin alianzas, tendríamos un universo de 3.536 candidatos principales para legisladores (ver infografía).
Tello recordó que por este motivo, en las reformas al Código de la Democracia, se aprobó incentivar las alianzas que asigna 20%, más de gasto electoral, por cada acuerdo inscrito entre organizaciones políticas.
Asimismo se aprobó la votación por listas cerradas y, para las organizaciones políticas que ahora están dispersas por la gran cantidad que existen, se requerirán de alianzas para reforzar sus candidatos.
“Lo que reducirá la cantidad de postulantes”, dijo Fernanda Bastidas, docente de la Universidad Internacional. (I)