Entre candidatos a alcaldes no hay paridad de género
Para las alcaldías de Quito, Guayaquil, Cuenca, Manta y Loja, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha recibido 68 postulaciones; de ellas 59 son de hombres y solo 9 de mujeres.
Esto significa que el 87% de los aspirantes a dirigir las principales ciudades del país son del género masculino y apenas el 13% corresponde a postulantes femeninas.
La paridad de género, al menos este muestreo o ejemplo de las cinco ciudades, no se refleja pese a que la Ley Orgánica Electoral o Código de la Democracia impulsa la igualdad entre hombres y mujeres candidatos.
El artículo 94 estipula que “... las candidatas o candidatos deberán ser seleccionados mediante elecciones primarias o procesos democráticos electorales internos, que garanticen la participación igualitaria entre hombres y mujeres, aplicando los principios de paridad, alternabilidad, secuencialidad...”.
Según ese artículo, es el CNE el organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la ley. Además, basado en el artículo 105, el CNE puede negar la inscripción de candidaturas si “las listas no mantienen de forma estricta la equidad, paridad, alternabilidad y secuencialidad entre mujeres y hombres”.
Sin embargo, expertos dicen que esto no puede controlarse porque la decisión de participar depende de las mismas aspirantes y de los partidos y movimientos políticos.
Para Jorge Acosta, analista electoral, las listas deben respetar la paridad, pero “en temas de alcalde, prefecto, presidente y otros puestos donde se elige una sola persona, no puede aplicarse la ley de cuotas porque no se emite una lista sino solamente a una persona”. Resaltó que postular a hombres o mujeres depende de los grupos políticos, “no hay vacío legal”.
A su criterio, que exista solo el 13% de mujeres candidatas a alcaldes de las cinco principales ciudades del país, responde a una “falta de empoderamiento de las mismas y de participación social”.
Añadió que de estipularse números de candidatos para hombres o mujeres, sería discriminatorio.
Muchos partidos y movimientos políticos, pero pocas candidatas
Para elegir a los cinco alcaldes de las ciudades más grandes del país, 45 movimientos presentaron candidatos. Algunos lo hicieron individualmente o en alianzas, como el caso de Centro Democrático (CD) que en Quito apostó por Xavier Buendía, y en Guayaquil a su líder máximo Jimmy Jairala lo apadrina la Alianza Nuevo Guayaquil, que incluye a CD y Democracia Sí.
De las cinco ciudades, el Partido Sociedad Patriótica, Libertad es Pueblo, Unión Ecuatoriana y CREO, postularon a cuatro. Mientras que movimientos que antes abarcaban la totalidad de candidaturas como Alianza PAIS, Partido Social Cristiano o Pachakutik, postularon en dos de las cinco ciudades.
A decir de Omar Simon, analista electoral, esta realidad debe servir de indicador para que los partidos trabajen no solo en cumplir lo que especifica la norma, sino en atraer la participación de las mujeres en la vida política.
“Tienen que hacerlo si quieren presentar listas pluripersonales y una verdadera promoción de candidatas mujeres, para que efectivamente se dé la inclusión que se desea, y se empujen las normas de paridad”, explicó.
Además, consideró que el elevado número de candidatos inscritos para los próximos comicios no contribuye al fortalecimiento de la democracia, sino que evidencia “muchas organizaciones políticas débiles, lo cual tampoco contribuye al debate”. (I)
CRONOLOGÍA
Desde 1924 la mujer ecuatoriana pudo participar de los procesos democráticos del país. Antes el derecho al voto era exclusivo de los hombres.
13 /Febrero 1884
La Constitución aprobada por la Asamblea Nacional en este año es la primera en limitar explícitamente el voto por género, habilitando el sufragio solo para los hombres.
14 /Enero 1827
Durante el gobierno de Eloy Alfaro se aprueba la nueva Constitución en la que se elimina la limitación del género para votar, aunque eso no garantizó su derecho al voto.
10 /Mayo 1924
Matilde Hidalgo se convirtió en la primera mujer ecuatoriana y latina en votar, luego de argumentar que la Constitución de 1897 no contenía restricciones en cuanto a género para gozar de derechos de ciudadanía.