Ausencia de legisladores asilados en México no implica destitución
Los siete integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL) todavía no identifican un camino legal que permita destituir a los cuatro asambleístas del correísmo que pidieron asilo político en México.
En la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) no consta el abandono del cargo como una causal para perder la curul. Por eso resolvieron solicitar al Ministerio de Relaciones Exteriores un certificado oficial sobre el tipo de asilo y la manera en que salieron del país Gabriela Rivadeneira, Soledad Buendía, Carlos Viteri y el asambleísta alterno Luis Molina.
Una vez que reciban esta comunicación podrán definir la situación y propondrán que el caso sea analizado por el pleno de la Asamblea.
La asambleísta Cristina Reyes, del PSC, sostuvo que los correístas saben que pueden venir en cualquier momento y retomar sus puestos, ya que no existe ningún impedimento legal o judicial en su contra, pero no lo quieren hacer “porque se están victimizando sin ninguna razón”.
Dijo que el Legislativo es respetuoso del ordenamiento jurídico y que esperarán la notificación de Cancillería. El asambleísta Patricio Donoso, de CREO, puntualizó que es importante conocer el estado del asilo concedido por México, lo que permitirá saber las condiciones que deben cumplir.
No obstante, destacó la necesidad de una reforma legal para prevenir este tipo de casos que nunca han sucedido y que no están contemplados en la normativa. Además, aclaró que los legisladores refugiados no reciben sueldo desde octubre y que tampoco la Asamblea está enviando los aportes al IESS, lo que no significa que hayan sido despedidos.
El presidente de la Asamblea, César Litardo, sostuvo que al momento están principalizados los alternos.
En el caso de Soledad Buendía, la reemplaza Xavier Iván Casanova Cepeda; a Carlos Viteri, Martha Chantong, y en lugar de Gabriela Rivadeneira acude José Agualsaca. Todos los reemplazos reciben las remuneraciones correspondientes en lugar de sus principales.
Con Luis Molina es diferente, ya que es alterno de la asambleísta de la Revolución Ciudadana Mónica Alemán, por lo que en su caso hay que notificar al Consejo Nacional Electoral para que designe un alterno de acuerdo a la respectiva votación obtenida.
El asambleísta Pavel Muñoz, de Revolución Ciudadana, considera que es correcta la decisión del CAL, pues al no haber causal de destitución no pueden pronunciarse. Comentó que sus compañeros de bancada no perderán su calidad de legisladores, aunque no lleguen a trabajar al Legislativo, hasta que acabe su periodo en 2021.
Sobre el tema, el jurista Esteban Ron comentó que la Asamblea debe aclarar sobre la principalización definitiva de los alternos. Si bien esta puede ser mocionada dentro del pleno o por medio de resolución administrativa del Presidente del Legislativo, “estos actos administrativos deberán responder al principio de motivación”, puntualizó.
Además podrán hacer una consulta técnica al Ministerio del Trabajo y a la Procuraduría en cuanto a la interpretación de la norma. (I)