Publicidad

Ecuador, 24 de Noviembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Asamblea reanudará este miércoles el debate del COIP

Asamblea reanudará este miércoles el debate del COIP
09 de diciembre de 2013 - 14:12

La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, convocó para el miércoles, a las 09h30, a la continuación de la sesión No. 257 del Pleno, con el propósito de reanudar el segundo debate del proyecto de Código Orgánico Integral Penal.

El cuerpo legal tipifica más de 20 nuevos delitos como femicidio, pánico financiero, sicariato, homicidio culposo por mala práctica profesional, tortura, tráfico de migrantes, trata de personas, no afiliación al IESS, retención ilegal de aportes a la seguridad social; enriquecimiento privado no justificado, entre otros.

El presidente de la Comisión de Justicia y ponente del proyecto de Código Orgánico Integral Penal, Mauro Andino, explicó que el debate se retomará una vez que se han generado los consensos en torno a los diversos aspectos de la propuesta.

Con respecto a la mala práctica profesional, explicó que después de los análisis correspondientes se determinó que la persona que al infringir un deber objetivo de cuidado en el ejercicio práctico de su profesión ocasione la muerte de otra, será sancionada con pena privativa de libertad de 1 a 3 años, eliminándose la disposición relativa a la inhabilitación del ejercicio de la profesión, al indicar que el proceso de rehabilitación para ejercer, luego de cumplida la pena, será determinará en el Código de Salud.

Añadió que para la determinación de la infracción del deber objetivo de cuidado se tomará en cuenta que la mera producción del resultado no configura la infracción al deber objetivo del cuidado; la inobservancia de leyes, reglamentos, ordenanzas, manuales, reglas técnicas aplicadas a la profesión; el resultado dañoso debe provenir directamente de la infracción al deber objetivo de cuidado y no de otras circunstancias independientes o conexas; se analizará en cada caso la diligencia, el grado de formación profesional, las condiciones objetivas y la previsibilidad.

En otro orden, en lo referente a la incautación de bienes, informó que la normativa prevé que para la incautación de bienes provenientes del narcotráfico y lavado de activos, se procederá a aplicar con sentencia condenatoria y que la emisión de la sentencia se dé en audiencia, para evitar la discrecionalidad del operador de justicia.

Otro de los capítulos que mereció un análisis más profundo tiene que ver con los menores infractores. Sobre el tema Mauro Andino informó que se establece un tope o techo de hasta 8 años de medidas socioeconómicas, pero diferenciando de 12 a 14 años de edad, 14 a 16, 16 antes de 18 años de edad. Posterior al cumplimiento de dicha medida, se fijan dos años para hacer un seguimiento e impedir que el menor o adolescente se involucre en un nuevo acto delictivo.

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media