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El proyecto será enviado al Ejecutivo para su sanción u objeción

54 fondos previsionales serán manejados por el BIESS

Foto: Cortesía Asamblea Nacional
Foto: Cortesía Asamblea Nacional
25 de septiembre de 2014 - 19:00

Con 87 votos afirmativos, 26 negativos y 1 abstención, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reformas a las Ley de Seguridad Social y Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) para la administración de los fondos complementario previsionales cerrados pasen a ser manejados por el banco de los afiliados.

La normativa aprobada, que deberá ser enviada al presidente de la República, Rafael Correa, para sanción u objeción, se lo hizo en base al informe presentado por la Comisión de derechos de los Trabajadores, y por la cual 54 de los 61 fondos previsionales existentes en el país deberán pasar al BIESS.

El proyecto de ley reforma ale artículo 220 de la Ley de Seguridad Social, por el cual establece que: “Los Fondos Complementarios Previsuonales Cerrados que en su origen o bajo cualquier modalidad hayan recibido aportes estatales, pasarán a ser administrados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a través de su Banco, mediante cuentas individuales. Su gestión se sujetará a los principios de seguridad, transparencia, solvencia, eficiencia, rentabilidad y a las regulaciones y controles de los órganos competentes”.

Adema´s, incluye una disposición en el segundo párrafo del mismo artículo 220, que los fondos, que cuenten con la petición escrita de por lo menos la mitad más uno del total de los socios, podrán solicitar al órgano de control, mantener su propia administración privada.

Para el efecto, este requerimiento deberá cumplir con tres exigencias: demostrar que los aportes al fondo fueron realizados voluntariamente, para lo cual se verificará la autorización escrita de cada uno de los participantes. También el fondo probará que los descuentos se hayan hecho sin coerción alguna a los socios o a terceros; garantizar que los recursos asignados en las cuentas individuales pueden ser restituidos a los participes en cualquier momento; y, reintegrar el valor de los recursos estatales recibidos por el fondo con los respectivos intereses, calculados a la tasa activa referencial determinada por el Banco Central del Ecuador para dada año.

En tanto, que la Junta de Regulación Monetaria creada en el Código Monetario y el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) en el ámbito de sus competencias, emitirán las regulaciones y actos administrativos que correspondan para garantizar los derechos adquiridos por los pensionistas de los fondos complementario previsionales cerrados que manejen o manejaron la jubilación patronal establecida ene el Código de Trabajo.

“Todos los Fondos Complementario Previsionales Cerrados, cualquiera sea su naturaleza, objeto o prestaciones otorgadas, en el plazo de ciento ochenta días, contados a partir de la vigencia de la Ley, deberán registrase de conformidad con las políticas y regulaciones que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en el ámbito de sus competencias, contempla la disposición transitoria que se incluyo en la normativa legal.

Maestros estuvieron vigilantes de que se apruebe normativa

Antes de la intervención de Carrillo participaron -en comisión general- los representantes de la Red de Maestros y del Fondo de Cesantía del Magisterio (FCM), quienes permanecen en las barras altas del pleno. 

Wilmer Santacruz dijo que la Red de Maestros está integrada por 4.000 docentes, quienes constataron problemas en los créditos y en las construcciones, así como altos intereses en el FCM.

Denunció que el proyecto Sabanilla está administrado por la familia de Juan José Castelo, expresidente del FCM. "El magisterio ha dicho ya basta de tanta sinvergüencería, queremos cuentas claras", dijo.

Santacruz afirmó que buscan que sus recursos se destinen a "una banca que garantice nuestros dineros y sean administrados por el Estado, nosotros si confiamos el BIESS".

Añadió que el nuevo magisterio realiza un trabajo responsable en las aulas. "No manipulamos a los estudiantes para que salgan a boicotear en las calles".

Mónica Ayala, representante del FCM, sostuvo que el proyecto de ley no se socializó con todos los fondos. Dijo que quienes integran la entidad están en contra de que sus recursos pasen a manos del BIESS, pues son fondos privados que deberán estar en manos privadas.

José Muñoz, de la Red de Maestros, acotó que los docentes quieren que se "levante la hipoteca de nuestros sueños y aspiraciones que estaban en manos de quienes manejaron el país de corte derechista, que no reconocían al pueblo pobre".

Muñoz señaló que el nuevo magisterio responde a un "nuevo modelo de gestión, en donde se dice sí a las evaluaciones, no a las piedras (...) no a la anarquía y manipulación".

Dijo que apoyan la iniciativa de que los fondos pasen al BIESS, "para que asegure la seguridad que necesitamos de nuestros aportes, que venimos depositando y no han sido transparentados".

Los principales temas de la normativa

El proyecto, que contiene cuatro artículos, establece que los fondos complementarios previsionales cerrados que en su origen o bajo cualquier modalidad hayan recibido aportes estatales, pasarán a ser administrados por el BIESS, mediante cuentas individuales. Su gestión se sujetará a los principios de seguridad, transparencia, solvencia, eficiencia, rentabilidad y a las regulaciones y controles de los órganos competentes.

Estos fondos, que cuenten con la petición expresa de al menos la mitad más uno del total de los partícipes, podrán solicitar al órgano de control, mantener su propia administración privada, previo el cumplimiento concurrente de condiciones como: demostrar que los aportes al fondo fueron realizados de manera voluntaria; reintegrar el valor de los recursos estatales recibidos por el fondo los respectivos intereses, calculados a la tasa activa referencial determinada por el Banco Central del Ecuador para cada año.

Entre las disposiciones se determina que la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera emitirá las regulaciones que correspondan para garantizar los derechos adquiridos por los pensionistas de los fondos complementarios previsionales cerrados que manejan o manejaron la jubilación patronal establecida en el Código de Trabajo.

Se incluye una disposición transitoria para que todos los fondos complementarios previsionales cerrados, cualquiera sea su naturaleza, objeto o prestaciones otorgadas, en el plazo de 180 días, contados a partir de la vigencia de esta ley, deberán registrase en el IESS, de conformidad con las políticas y regulaciones que emita la Junta de Políticas y Regulación Monetaria y Financiera, en el ámbito de sus competencias.

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