Asamblea conocerá el jueves veto del Ejecutivo a la Ley de Aguas
Gabriela Rivadeneira, presidenta de la Asamblea, convocó a los legisladores a la sesión 287 prevista para el próximo jueves, a las 09:30, con el propósito de conocer la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua.
El análisis del veto se desarrollará sobre la base del informe no vinculante emitido por la Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero, que preside el legislador Miguel Carvajal. Este organismo sugiere al Pleno allanarse a la objeción parcial del presidente de la República, Rafael Correa.
Tras analizar las observaciones del Ejecutivo al referido proyecto, la comisión concluyó que estas contribuyen a precisar, aclarar y complementar el sentido de sus disposiciones, por tanto, los textos propuestos por el Mandatario coinciden con la estructura, contenido y normativa, los cuales fueron debatidos al interior de la comisión.
El Presidente de la República propone diez modificaciones, entre ellas, al artículo 7 referente a las actividades en el sector estratégico del agua; al literal p) del artículo 18 sobre las competencias de la Autoridad Única del Agua; al Art. 23 de las atribuciones de la Agencia de Regulación y Control del Agua; al Art. 97 que prescribe sobre la disminución de la cantidad del agua; y Art. 105, condiciones y lineamientos relativos a la autorización de aprovechamiento productivo para agua envasada.
También a los artículos 107, referente al aprovechamiento industrial del agua; 108 que trata sobre el aprovechamiento del agua en actividades de acuacultura; 143 y 144 sobre las tarifas por las autorizaciones de uso y aprovechamiento productivo del agua; y, el 149 competencia sancionatoria.
Fondos previsionales
En esta sesión también se tramitará en primer debate el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la administración de los fondos complementarios previsionales cerrados.
El documento base para la discusión será el informe de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social. Esta normativa busca que los fondos previsionales públicos y sus inversiones se canalicen a través de una institución financiera de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se incentive una política de ahorro con un rendimiento mucho mayor del que reciben en la actualidad y con un interés más bajo que la banca, es decir, al 9%.
La propuesta agrega al artículo 220 de la Ley de Seguridad Social un tercer inciso por el cual se establece que los fondos complementarios previsionales cerrados que en su origen o bajo cualquier modalidad hayan recibido aportes estatales pasarán a ser administrados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a través de su Banco, mediante cuentas individuales. Su gestión se sujetará a los principios de seguridad, solvencia, eficiencia, rentabilidad y al control del órgano competente.
En la Ley del Banco del IESS, a continuación del artículo 4, se agrega que la recaudación de los aportes a los fondos complementarios previsionales cerrados y los abonos a los créditos otorgados a través de los mismos, serán realizados mediante retenciones de los sueldos y salarios de los partícipes y de otros mecanismos que determine la entidad, previa autorización expresa de ellos.
El Biess procederá al pago de las prestaciones de los fondos complementarios previsionales cerrados, con inclusión de las correspondientes a jubilación o cesantía, cuando se cumplan las condiciones previstas para acceder a las mismas, en la Ley de Seguridad Social y la normativa vigente.