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El Telégrafo
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La compañía estadounidense tuvo en el país alrededor de 500 empleados bajo las modalidades de contrato expreso y tácito

25 años de lucha y la justicia no llega para los extrabajadores de Texaco en el Ecuador

25 años de lucha y la justicia no llega para los extrabajadores de Texaco en el Ecuador
18 de enero de 2016 - 00:00 - Redacción Actualidad

Los 30 mil indígenas y campesinos afectados por la contaminación ambiental y a la salud humana dejada por Texaco (Chevron) en las provincias amazónicas de Orellana y Sucumbíos no serían sus únicas víctimas en Ecuador. Extrabajadores de la petrolera decidieron romper su silencio y revelar el drama laboral y judicial que viven desde hace 25 años.

Exempleados como Édison Toledo, Margarita Yépez y otros, narran, escriben y describen cómo los gobiernos y la justicia de turno liberaron a la poderosa transnacional de culpa por la contaminación ambiental, así como de los reclamos laborales.

Con base en documentos a los que EL TELÉGRAFO tuvo acceso, hoy se conoce que con Texaco hubo 2 modalidades de trabajadores: con contrato expreso, firmado directamente con la compañía, 550; y con contrato tácito, los que ingresaron a laborar enviados por la antigua empresa Corporación Estatal Petrolera Ecuatoriana (Cepe), en supuesta comisión de servicios y solo por un lapso, 50.

Muchos de esos trabajadores dieron sus mejores años y hasta su vida por la compañía, y al final no recibieron liquidación ni indemnización, como aseguran Toledo, Yépez y otros.

Añaden que presentaron juicios laborales en contra de Texaco, pero si bien algunos ganaron en primera instancia, perdieron en todas las demás; a otros los liquidaron con el 50% con base en una supuesta Acta de Transacción “ilegal” aprobada por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje el 19 de diciembre de 1989; a un tercer grupo le hicieron firmar desistimientos de procesos judiciales y finiquitos bajo presuntas “presiones y engaños”.

De nada les ha servido acudir a instancias nacionales como la ex-Corte Suprema de Justicia u organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “La presión y el poder de Texaco (cuyas acciones adquirió Chevron en 2001) ha pesado más en el sistema de justicia desde 1989, dentro y fuera del país, por eso los extrabajadores perdimos los juicios”, reprochó Toledo.

Desde su propio puño y letra, Yépez cuenta su historia que se reproduce ahora en el diario público, pues coincide con Toledo en considerarse “el eslabón perdido” de los afectados.

Extrabajadores dicen que dieron todo y que Texaco les dejó sin nada

“Soy Margarita Yépez, extrabajadora (de Relaciones Industriales o Talento Humano) de la empresa a la que se le acusa de daño ambiental en nuestra Amazonia. La Texaco pretende ahora victimizarse y afirma que le han estafado al condenarle al pago de, a mi parecer, justas remediaciones a la Amazonia y a los habitantes de la región en donde operaba.

Durante los años en que trabajé (1973-1989) bajo dependencia en esa empresa, jamás se dictó una sola capacitación acerca de los daños que podrían suceder por los derrames... Los trabajadores estábamos convencidos de que el petróleo era inocuo y algunos, incluso, siguieron las recomendaciones de los extranjeros de que era bueno aplicarse en la cabeza para detener la caída del cabello, en las partes afectadas por el reumatismo o problemas de huesos.

Pero esto que ahora puede parecer extraño, escandaloso y tonto, no es más que la demostración de la ignorancia que había en el Ecuador sobre este tema que luego se transformó en problema de salud, de la naturaleza, de los trabajadores y de los habitantes ecuatorianos de la zona oriental.

Aún hoy, luego de un lapso tan prolongado, para casi todos los que fueron mis compañeros es inexplicable cómo una empresa tan grande y rica no empleó un poco de dinero en ese tipo de capacitación, cuidado y remediación que sí deben haber implementado en otros países en los que tuvieron operaciones similares.

Tomando en cuenta que la Constitución del Ecuador desde ese entonces garantizaba el derecho de vivir en un medioambiente libre de contaminación, tampoco los gobiernos de la época tuvieron las necesarias precauciones en este campo.

Los turnos de trabajo de los operadores eran de 21 días en el campamento y 7 libres. Los turnos eran divididos en 2 para que la gente trabaje la mitad del turno en la noche y la mitad en el día. Eran horarios agotadores, pero la necesidad de trabajo y los sueldos compensaban.

Los ‘gringos’ eran el 15% de todos los trabajadores. Se incorporó al personal de Texaco gente originalmente contratada por Cepe que era asignada ‘temporalmente’ a los campos y oficinas, pero se quedaba por años bajo el régimen de la compañía (Texaco), con derechos y obligaciones de empleados privados... No era fácil el trabajo, pues siempre estábamos rodeados de peligros, en constante movimiento, siempre alertas y siempre lejos de la familia.

Durante mi trabajo compartí las penas y alegrías de los compañeros y sus familias. Asistí a sus bodas, al nacimiento de sus hijos, a sus generosidades y egoísmos, a sus actos de valentía y cobardías, y también me tocó asistir a sus muertes por percances de tránsito durante sus labores, suicidios, accidentes de avionetas...

En 1989 se firmó el último contrato colectivo, pero ese mismo año el gobierno decidió tomar a su cargo la operación de Cepe-Texaco. Los trabajadores pensamos que nada cambiaría porque así constaba expresamente en el contrato colectivo. Incluso, preveía que si sucedía la terminación de actividades de Texaco recibiríamos liquidaciones de manera pertinente y conservaríamos los trabajos con la nueva operadora. Pero luego la empresa indicó a la dirigencia que no podrían hacer eso porque ellos ya no decidían y que el poder de decisión lo tenía el Gobierno...

Ante ese panorama, la mayoría de trabajadores decidimos hacer huelga (27 de septiembre de 1989) para presionar que se cumplan los derechos, pero el gobierno de Rodrigo Borja intervino en las instalaciones con la fuerza pública y desalojó de los campamentos y oficinas a los huelguistas. Tomadas las operaciones por parte del gobierno, se pusieron de acuerdo con la compañía y elaboraron la lista de personal que tendría que salir definitivamente y los que se quedarían bajo contrato de 1 año únicamente.

A gran parte de los trabajadores se nos hizo firmar actas de finiquito y contratos de trabajo con Petroamazonas o Petroindustrial, según el caso para entrenar a nuevo personal y seguir despidiendo según sus intereses. A otro grupo no le permitieron la entrada a seguir trabajando y cuando autorizaban el ingreso a los campos era para que retiren sus pertenencias, y en muchos casos ya no autorizaron vuelos de regreso a Quito”. (I)

DATOS

Los juicios laborales contra la compañía Texaco (Chevron) inician en Ecuador desde 1991, según archivos de la Función Judicial. Suman alrededor de 550 y todos han obtenido sentencia en contra, basada en una supuesta Acta de Transacción “ilegal”.

En 1994, ese fue el caso de Héctor Reinoso, mientras que en 1996 el de Darío Carrera (+), Heraclio Bravo, Temístocles Alberto Serrano Viteri, Manuel Cabascango, Carlos Veintimilla, Adriana Naranjo y Luis Freire.

En 1997 perdieron los juicios Hugo Andrade, Fanny Yépez, Freddy García Flor, Napoleón Humberto Montenegro, Ramiro Tamayo, Francisco Rivadeneira Tello, Soria Benavidez, José Pérez Proaño y Nelson Germánico Félix.

En 1999 lo perdió Luis Villarruel Velázquez.

En 2000 se falló contra Segundo Valentín Pueyo Cerón y Édison Toledo Echeverría. (I)

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Aducen despidos intempestivos

El caso también ha sido conocido por la CIDH

En el Informe N⁰ 16/03 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), del 20 de febrero de 2003, se señala que la petición de Édison Toledo se basa en la denuncia N⁰ 346/2001 contra los exmagistrados de la Primera Sala de lo Laboral y Social de la Corte Suprema de Justicia: Miguel Villacís Gómez, Hugo Quintana Coello y Gil Vela Vasco, “por haber violado su derecho a igual protección de la ley”.

Toledo alegó ante la CIDH que fue despedido intempestivamente y que su demanda ante los tribunales nacionales por indemnización fue desechada debido a una cláusula formal en el contrato colectivo de trabajo.

La CIDH analizó la información presentada por Toledo y concluyó que la petición no reunía los requisitos de admisibilidad de la Convención Americana, por lo que declaró la petición “inadmisible”.

En la posición de Toledo consta que laboraba en el Consorcio Cepe-Texaco desde el 1 de enero de 1979, y que una vez terminado el Consorcio él y otros fueron remitidos a Petroamazonas y después a Petroproducción, filiales de Petroecuador.

Toledo, en este punto, aduce que se lo hizo sin aviso de entrada (tácitamente) y que a partir del segundo semestre de 1993 su empleador dejó de asignarle funciones específicas, lo que equivale a despido intempestivo.

Ocurrió eso pese a que, según el Contrato Colectivo Unificado de Trabajo suscrito el 9 de mayo de 1994 entre Petroproducción y el Comité Central Único Nacional de Trabajadores de Petroproducción, se estableció: “Por ningún concepto Petroproducción dejará sin funciones a ningún trabajador, caso contrario será considerado despido intempestivo y la Empresa pagará las indemnizaciones establecidas en el artículo 12 de este Contrato y el Código de Trabajo”.

Toledo denunció ante la CIDH que Petroproducción dejó de asignarle funciones, las que le fueron trasladadas a su subalterno Galo Arévalo, “habiendo incluso eliminado su nombre de las listas de asistencia”. Por ello, demandó a la Empresa por “despido intempestivo” y exigió el pago de indemnización.

El 2 de agosto de 1994, Toledo solicitó al Gerente de Petroproducción que, por despido, se le entregue su liquidación y que él, a su vez, quería entregar las cosas que le asignaron, pero pasaron 15 días y no obtuvo respuesta, por lo que el 2 de septiembre de 1994 el Inspector del Trabajo citó al Gerente para liquidar las prestaciones e indemnización, pero no acudió. Este y otros casos se han ventilado en instancias nacionales e internacionales, pero hasta ahora Toledo y excompañeros no consiguen nada ni en la CIDH. Por ello, buscan que, al menos, se lo conozca. (I)

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