Pensado como eje central en la democratización de Latinoamérica, el ejercicio del voto en su carácter obligatorio (predominante en la región) es definido como un deber, mientras que el tipo voluntario es entendido como un derecho ciudadano. El proyecto “Reformas Políticas en América Latina”, liderado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), indica que entre 1978 y 2015 se produjeron cambios con miras a ampliar el sufragio y mejorar las condiciones de inclusión de la ciudadanía en los procesos electorales. Una de esas reformas es la edad mínima para votar, a fin de facilitar la participación de jóvenes de 16 años, como ocurre en Brasil, Nicaragua, Ecuador y Argentina. Otra modificación es la visión del sufragio como un deber y convertirlo en un derecho, es decir, eliminar la obligatoriedad al voto, como ocurre en Venezuela, El Salvador, República Dominicana, Colombia, Chile y Perú. El estudio del Instituto de la UNAM señala que en Latinoamérica predomina el voto obligatorio con sanción, seguido del facultativo, el obligatorio sin sanción y otro netamente obligatorio. Para la analista Dayana León, muchas de las reformas buscan ampliar los aspectos de ejercicios democráticos, sobre todo tras el interés por incluir a varios grupos de la sociedad en los comicios. En Ecuador, el artículo 11 del Código de la Democracia señala que el voto es obligatorio para los ecuatorianos mayores de 18 años. Este incluye a las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada. La norma añade que el voto será facultativo para las personas entre 16 y 18 años, las mayores de 65 años, los ecuatorianos que residen en el exterior, los miembros de las Fuerzas Armadas y de Policía en servicio activo, las personas con discapacidad y personas analfabetas. Además, señala que sufragan voluntariamente los extranjeros desde los 16 años que residan legalmente en el país al menos cinco años. León cree que instaurar la obligatoriedad del voto garantiza, en democracia, tener una amplia participación ciudadana en todos los procesos electorales y de toma de decisiones. No obstante, eso genera una desventaja porque muchas personas, para evitar una sanción, acuden a las urnas sin que exista conciencia al momento del voto. León opina que si el país camina hacia el voto facultativo, habría que crear condiciones previas en la ciudadanía, como una mayor educación en democracia y que esté informada, socializada y consensuada sobre la elección. Dice que el Instituto de la Democracia debe ser el motor para llevar a cada rincón del país una formación cívica ciudadana. La gente necesita empoderarse de su derecho y de su voto, puntualiza. Pro y contra del voto voluntario El analista Santiago Orbe menciona que un aspecto importante del sufragio facultativo es que obligaría a los candidatos a esforzarse para hacer obras visibles y no ejercer otra actividad, alejada de favorecer al pueblo que confió en ellos. “La no obligatoriedad del voto haría que las personas tengan la libertad de salir a sufragar por quien verdaderamente lo merece y, al hacer esto, la calidad del voto mejoraría. Al ser obligatorio, uno va a la mesa (junta receptora) y lo único que quiere, en determinado momento, es su certificado de votación”, enfatiza Orbe. Otro beneficio del voto voluntario, agrega el analista, es que hace más visible la participación. También obliga a que los sistemas partidistas construyan o formen cuadros de acción política, que estén a la par o que ocupen los espacios de aquellos candidatos que no han sido beneficiados por el voto popular. Sin embargo, hay una desventaja: el aumento del ausentismo en elecciones. En 2009, el Congreso de Chile modificó el voto obligatorio por uno voluntario. Diez años después se constata que la participación ciudadana fue menos del 50% para elecciones presidenciales y menos del 40% para alcaldes y concejales. El Centro de Investigación Periodística (Ciper) de Chile pone como ejemplo las presidenciales de 2017, en que Sebastián Piñera fue votado por 3,7 millones de electores, que representaron el 54,6% de los votantes, pero dicha cifra representa solo el 26,4% del padrón electoral total. En Ecuador, en las elecciones seccionales de 2014 el nivel de ausentismo fue cercano al 16,9%. En los comicios de febrero de 2017, el Consejo Nacional Electoral informó que el ausentismo llegó al 18,31%, mientras que en la segunda vuelta presidencial, de abril de 2017, se ubicó en el 17,01%. Para el politólogo César Ulloa, si el país pasara al voto facultativo existe el riesgo de que “el nivel de ausentismo sea enorme”.Ulloa manifiesta que, basado en datos del Barómetro de las Américas, Ecuador es el país donde la gente tiene menos interés de participar en actividades que sean de cualquier tipo político. Agrega que al ser indivisible e intransferible el derecho político ciudadano, no debería ser obligatorio. “Pero en sociedades como la nuestra, donde la gente no tiene mucha conciencia de lo que significa dar el voto, se consideraría que sea obligatorio”. Sufragio obligatorio Diversos ordenamientos jurídicos definen el voto como un respaldo a su obligatoriedad, como la Constitución de Brasil que en su artículo 14,1 establece al sufragio obligatorio como un deber irrenunciable de la ciudadanía. La Constitución de Honduras, artículo 111, señala que el voto es un derecho y una función pública del elector. La de Costa Rica determina que es “una función cívica primordial y obligatoria”. Mientras el Código Electoral de El Salvador establece que el sufragio es un derecho y un deber ciudadanos. En Argentina, su Constitución dice que el voto es un derecho y un deber obligatorio para todos los ciudadanos mayores de 16 años. (I)