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Velocidad restringida, una de las reformas en la Ley de Tránsito

Velocidad restringida, una de las reformas en la Ley de Tránsito
Archivo/El Telégrafo
03 de mayo de 2021 - 22:54 - Redacción Web

La nueva Ley de Tránsito en el Ecuador plantea una serie de reformas y modificaciones viales para garantizar la seguridad de los ciudadanos, según el informe elaborado por una comisión encargada de la Asamblea Nacional para su trámite. Uno de los ejes dentro del proyecto de ley es el límite de velocidad que deben acatar los vehículos en ciertas zonas.

Para evitar accidentes de tránsito que desencadenen escenarios fatales para los transeúntes, la Ley de Tránsito establece la denominación de zonas de pacificación de tránsito, donde la circulación se rige a un máximo de kilómetros por hora.

Estos espacios de “tráfico calmado” son vías locales de tipo residencial en las que se impedirá que un automóvil transite a más de 30 km/h. “Para favorecer la seguridad vial en dichas zonas, se podrá aplicar medidas encaminadas a reducir la intensidad y velocidad de los vehículos”, menciona la normativa, en su artículo 214.s.

La institución designada para determinar los lugares de pacificación de tránsito será cada Gobierno Autónomo Descentralizado. Además, estas zonas deberán estar “debidamente señalizadas” para el conocimiento de todos. Con ello se espera que en los barrios residenciales se controle mejor la velocidad vehicular.

Otra reforma es que en las áreas donde se ubiquen escuelas y colegios habrá un límite de velocidad de hasta 20 km/h. “En dichas zonas no existirá un rango moderado”, dictamina la Ley de Tránsito. De esta manera se busca proteger a los estudiantes.

La ley fue aprobada el viernes 30 de abril de 2021 por el Pleno de la Asamblea Nacional, con 96 votos a favor. El Legislativo remitió el proyecto al presidente Lenín Moreno para su veto. Si la respuesta del Ejecutivo es afirmativa, la Ley de Tránsito será publicada en el Registro Oficial para su correspondiente aplicación.

Hasta que eso ocurra, en las zonas urbanas aún está permitido que los carros no excedan los 50 km/h, con un rango moderado de hasta 60 km/h. Según la Agencia Nacional de Tránsito, esta medida es obligatoria tanto para vehículos como motocicletas. Además, en zonas periféricas el límite es de 90 km /h y en carreteras de 100 km/h. (I)

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