¿Se debe pagar doble pensión alimenticia en el mes de septiembre?
Según la Ley reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia en el numeral 2 del artículo 16 del capítulo 1 de derecho de alimento, los padres y madres que tienen la obligación de pagar pensiones alimenticias deberán añadir un valor extra en el mes de septiembre en el caso del régimen Sierra – Amazonía.
Todo esto se debe al inicio al periodo escolar de cada región, y a los gastos extra esto significa. La ley estipula que el pago de esta pensión agregada se realizará aunque el demandado no trabaje bajo relación de dependencia. El valor adicional corresponde a la misma pensión alimenticia que ha sido fijada por un juez o jueza.
En caso que el demandado no pague el valor a tiempo, el Sistema Unificado de Pensiones Alimenticias (SUPA) calculará automáticamente los intereses por cada día de retraso en el pago de prestación de alimentos.
En el caso del régimen Costa- Galápagos, este adicional se pagará en el mes de abril.