Presidente Noboa tiene plazo para definir si mantiene las primeras once preguntas de la consulta popular
El presidente de la República, Daniel Noboa deberá pronunciarse sobre si mantiene o cambia las primeras once preguntas que entregó a la Corte Constitucional, el pasado 2 de enero de 2024.
Esto, ante un pedido de la jueza constitucional, Teresa Nuques Martínez, quien es la encargada de elaborar el proyecto de dictamen de las preguntas.
Mediante una providencia, emitida el pasado martes 16 de enero de 2024, Nuques dispuso que Noboa remita en un plazo de 24 horas, contando a partir de la notificación, un informe respecto a la intencionalidad sobre las once preguntas.
Una semana después de entregar las primeras once preguntas, el Gobierno entregó nueve adicionales que están relacionadas a la extradición, indulto a policías y militares, justicia, arbitraje internacional, jueces especializados, trabajo por horas, minerías ilegales.
Además, a partir del 16 de enero empezaron a correr 20 días de plazo para que la Corte Constitucional realice el control previo a la consulta.
Las once preguntas iniciales son:
1. ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas inicien acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales trasnacionales que operan dentro y fuera del territorio nacional, conforme el Anexo de la pregunta 1?
2. ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
3. ¿Está usted de acuerdo con que los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria no sean privados de su libertad, o se les ordene arresto domiciliario, mientras dure la investigación o proceso penal por sus actos ejecutados con el uso de la fuerza, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 3?
4. ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: (I) terrorismo y su financiación, (II) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (III) delincuencia organizada, (IV) asesinato, (V) sicariato, (VI) trata de personas, (VII) secuestro extorsivo, (VIII) tráfico de armas, (IX) lavado de activos y (X) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 4?
5. ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta 5, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?
6. ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 6?
7. ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 7?
8. ¿Está usted de acuerdo con que se evalúe a las servidoras y los servidores de la Función Judicial, incluyendo una auditoría a sus declaraciones patrimoniales, conforme el Anexo de la pregunta 8?
9. ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta 9?
10. ¿Está usted de acuerdo en que se reformen los procedimientos de inadmisión, deportación y expulsión de extranjeros, para controlar la migración y fortalecer la seguridad del Estado, conforme el Anexo de la pregunta 10?
11. ¿Está usted de acuerdo con que se permita el funcionamiento de casinos, salas de juego, casas de apuestas o negocios dedicados a la realización de juegos de azar, bajo las condiciones que se detallan en el Anexo de la pregunta 11?