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Ecuador, 27 de Diciembre de 2024
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Presidente Lasso cuestionó la actuación de la Corte Constitucional para el trámite de Decretos-Ley

El presidente Lasso recordó que envió dos proyectos que se demoraron un mes en ser tramitados.
El presidente Lasso recordó que envió dos proyectos que se demoraron un mes en ser tramitados.
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“La Corte Constitucional no debe rebasar sus facultades generando una apariencia de haberse convertido en un súper órgano que inobserva lo establecido en la misma Constitución”, dijo el presidente Guillermo Lasso, en una carta dirigida al órgano de control.

El documento de cuatro páginas de extensión fue remitido este miércoles, 28 de junio, por el Primer Mandatario al presidente de la Corte, Alí Lozada. Esto debido al trámite de los decretos leyes que el Ejecutivo planteó en materia económica, tras la muerte cruzada, y el anuncio de tres nuevos proyectos que se enviarán en los próximos días, según anunció el ministro de Gobierno, Henry Cucalón.

El presidente Lasso recordó que envió dos proyectos que se demoraron un mes en ser tramitados. De ellos, únicamente el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar fue aprobado por la Corte. El segundo, correspondiente a la atracciones de inversiones a través de zonas francas no pasó al presentar incompatibilidades con la Constitución, según lo determinó la Corte Constitucional.

Para el Mandatario, esta institución “se extralimita cuando señala que debe controlar que en los decretos-leyes no se aborden temas de urgencia económica”. Esto debido a que no sería “atribución de la Corte”, pues su deber es controlar que los proyectos del Ejecutivo cumpla lo dictado por la Ley.

Pero no solo eso, sino que también advirtió que se corre “un enorme riesgo de convertir el órgano de control constitucional en un actor político-económico de hecho”.

En el documento señala que la Corte “hace mal” en evaluar la oportunidad temporal de los proyectos que buscan dar respuesta a las necesidades del país.

El Jefe de Estado recordó a los magistrados que “el sistema de Gobierno vigente en el Ecuador es presidencial (…) lo que implica que la responsabilidad de la dirección política, administrativa y económica del Estado se centraliza en el Ejecutivo”.

Al respecto, el art. 148 de la Constitución señala: “hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo”.

Esto significa que el órgano rector debe hacer un control de la compatibilidad constitucional; es decir, “que las disposiciones del decreto propuesto no sean contrarias a los valores, principios y reglas de la Constitución”, afirmó el presidente Lasso.

Diario El Telégrafo pidió a la Corte Constitucional una postura al respecto; sin embargo, la institución anunció que aún no emitirán ningún pronunciamiento.

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