Publicidad

Ecuador, 10 de Octubre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Ministro de Trabajo sale triunfante en el juicio político en su contra

Ministro de Trabajo, Andrés Isch.
Ministro de Trabajo, Andrés Isch.
Archivo
16 de abril de 2021 - 09:38 - Redacción Web

Con 45 votos afirmativos, 15 negativos, un blanco y 56 abstenciones, el pleno de la Asamblea Nacional negó el pedido de censura y destitución del ministro de Trabajo, Andrés Isch.

Sus interpelantes, las asambleístas por Revolución Ciudadana Marcela Holguín y Marcela Aguiñaga, argumentaban que el titular de la cartera de Trabajo se atribuyó funciones que no le corresponden, denegó el acceso inmediato a la información pública al Observatorio de Discapacidad e incumplió la Disposición Transitoria Vigesimoquinta de la Constitución de la República. Este último, explicaron, que se debe a que el Ministro no revisó el salario básico unificado para el año 2021.

Isch, en su defensa, recordó que asumió su cargo en medio de una profunda crisis laboral. Así, alertó que en ese preciso instante solo el 16% de la población económicamente activa tenía un empleo adecuado. Por ese motivo, sus primeras acciones se enfocaron en tomar los correctivos necesarios para que las personas, que cuentan con contratos, mantengan su empleo. Además, su enfoque se dirigió en recuperar las plazas que se habían perdido y generar nuevos puestos de trabajo.

Sobre los señalamientos que hicieron las asambleístas interpelantes, el Ministro enfatizó que no hubo arrogación de funciones y que, según el Acuerdo Ministerial que emitió, regula puntualmente la reducción emergente de la jornada laboral. Esto, dijo, impidió que se vulneren los derechos de los trabajadores que se acojan a esta modalidad contractual. Además, insistió en que las políticas que aplicó permitieron recuperar el empleo, con más de 120.000 personas contratadas.

En torno a la falta de entrega de información al Observatorio de Discapacidad, Isch aseveró que pidió al representante de esa entidad justifique dicha representación y, tras su respuesta, el Ministerio de Trabajo (MdT) entregó la información que la ley permite. Además, alertó que el Observatorio de Discapacidad había solicitado datos personales, personalísimos, catalogados como confidenciales, que están protegidos legalmente. Por este motivo, no entregó esa información y que, de haberlo hecho, incluso se atenía a una sanción.

Finalmente, sobre el salario básico para 2021, el Ministro insistió en que su decisión se acoge al artículo 18 del Código de Trabajo. La norma determina que se fije el rubro con base en la inflación proyectada para el año siguiente y así procedió, con absoluto apego a la ley, añadió.

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media