Gobierno responde a la Corte Constitucional
El Gobierno Nacional, a través de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia, informó que el secretario Jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo, determinó y especificó a la Corte Constitucional que la objeción presentada por el Presidente de la República al “Proyecto de Ley Orgánica que garantiza la interrupción voluntaria del embarazo para niñas, adolescentes y mujeres en caso de violación” no es una objeción por inconstitucional, sino una objeción parcial.
Esto como respuesta al pedido de la jueza constitucional Karla Andrade para que el Primer Mandatario, en un plazo de 24 horas, “determine y especifique” si el veto presidencial remitido a la Asamblea sobre el proyecto de ley del aborto es por inconstitucionalidad.
El secretario Pozo aclaró que, al tratarse de una objeción parcial, conforme al artículo 138 de la Constitución, el Presidente ha propuesto textos alternativos a los artículos objetados; lo que no es posible en el caso de las objeciones por constitucionalidad, pues en tal caso el procedimiento a seguirse es distinto. Ello tras la decisión del Pleno de la Asamblea Nacional de enviar el veto a la Corte Constitucional.
Pozo solicitó a la Corte a inhibirse de conocer, y consecuentemente rechazar y devolver a la Asamblea Nacional el texto de Objeción Parcial. El Legislativo tiene hasta el 16 de abril para continuar con el procedimiento del proyecto de ley, o de lo contrario el veto será publicado en el Registro Oficial por intermedio del ministerio de la ley.
El Jefe de Estado propuso cambios en tres aspectos del proyecto de ley aprobado en la Asamblea, respecto al plazo para la interrupción del embarazo (12 semanas en todos los casos), la obligatoriedad de presentar una denuncia, una declaración juramentada o un examen médico; y la objeción de conciencia para los médicos.
COMUNICADO OFICIAL | Se determinó y especificó a la Corte Constitucional que la objeción presentada al proyecto de ley de interrupción del embarazo en caso de violación no es una objeción por incostitucionalidad, sino una objeción parcial. pic.twitter.com/ILUIlS4r4m
— Comunicación Ecuador (@ComunicacionEc) April 8, 2022