Fiscalía solicita arresto domiciliario para el excontralor Pablo C.
La Fiscalía General del Estado solicitó este martes, 25 de junio de 2024, que se dicte arresto domiciliario para Pablo C., excontralor de la Nación. El pedido se dio durante la audiencia de formulación de cargo por el presunto delito de tráfico de influencias.
El pedido de arresto domiciliario se dio porque Pablo C. es adulto mayor. A esto se suma que se solicitó prisión preventiva para Luis M., exfuncionario de Contraloría.
#AHORA | #CasoCelu: con la presencia de la fiscal general del Estado, @DianaSalazarM2, se instala la audiencia de formulación de cargos contra el excontralor Pablo C. y Luis M., exfuncionario de Contraloría, por presunto #tráficodeinfluencias. pic.twitter.com/zLGZ4JkZb2
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) June 25, 2024
¿Qué se investiga en el caso Celu?
Pablo C., excontralor, y Luis M., exfuncionario de Contraloría, están investigados por el caso Celu, el cual indaga el presunto tráfico de influencias.
La Fiscalía General del Estado investiga el desvanecimiento de una glosa de USD 112 millones para beneficiar a una operadora de telefonía celular de alcance nacional, en junio de 2019.
“Ambos funcionarios, a través del uso de su posición jerárquica en la administración pública, habrían ejercido influencia en sus subalternos para obtener un beneficio económico favorable a los intereses de la empresa de telefonía”, se lee en el comunicado de la Fiscalía.
#ACTUALIZACIÓN | #CasoCelu: #FiscalíaEc presenta los elementos de convicción, sobre la base de los cuales, formula cargos –por presunto #tráficodeinfluencias– contra los exfuncionarios de la Contraloría General del Estado. Detalles ⬇️ pic.twitter.com/OlmjTlvpF5
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) June 25, 2024
Dos audiencias diferidas de Pablo C., excontralor
La audiencia de formulación de cargos de Pablo C., excontralor, se difirió por dos ocasiones. La primera estaba prevista para el viernes, 21 de junio, y la segunda para el lunes, 24 de junio.
Finalmente, este martes, 25 de junio, se instaló y se procedió a la diligencia judicial.
¿Qué dice la norma sobre el tráfico de influencias?
En el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se conoce como tráfico de influencias a:
“Las o los servidores públicos, y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, enumeradas en la Constitución de la República, prevaliéndose de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica, ejerza influencia en otra u otro servidor para obtener un acto o resolución favorable a sus intereses o de terceros, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.
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