¿Este feriado del 10 de Agosto es recuperable?
El feriado por el Primer Grito de la Independencia (10 de Agosto) será este viernes, 9 de agosto de 2024. En este año se hizo puente porque la fecha establecida para recordar este día será sábado.
Según el Código del Trabajo, en su artículo 65, se establecen días de descanso obligatorio. En total son 11 días de asueto: 1 de enero, Viernes Santo, 1 y 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 y 3 de noviembre, 25 de diciembre y los días lunes y martes de Carnaval.
“Cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local establecidos en este Código, correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes”, se indica en la normativa.
Los trabajadores deben conocer que este feriado no es recuperable, por lo que no deberán quedarse más tiempo durante su jornada normal.
Feriado del 10 de agosto sin reducción de IVA
En las reformas a la Ley del Turismo se incluyó la reducción de la tarifa del impuesto al valor agregado (IVA). Pasará del 15% al 8% para las actividades turísticas. Sin embargo, no habrá reducción del IVA.
En la normativa ecuatoriana se estableció que no se permiten más de 12 días de reducción del IVA en todo el año.
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