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Dos mujeres fueron sentenciadas a 13 años de prisión por homicidio

Las sentenciadas también deberán pagar USD 20.000 como medida de reparación a la madre de la víctima.
Las sentenciadas también deberán pagar USD 20.000 como medida de reparación a la madre de la víctima.
Foto: Referencial
28 de marzo de 2023 - 20:26 - Redacción Web

La Corte Provincial de Justicia de Pichincha rechazó los recursos de apelación presentados por Valeri C., en calidad de autora, y Maritza L., como coautora, por el delito de homicidio, ratificando la sentencia de primera instancia de trece años de pena privativa de libertad y el pago de USD 20.000 como medida de reparación a la madre de la víctima.

El hecho ocurrió la noche del 15 de febrero de 2021, en un parque ubicado en la Ciudadela Ibarra, al sur de Quito, cuando la víctima se encontraba en compañía de dos amigas. Las dos atacantes se acercaron y Valeri C. lo golpeó y le propinó una puñalada en la pierna (lo que le causó la muerte), mientras Maritza L. neutralizaba a sus dos acompañantes.

Las agresoras huyeron, sin embargo una de las mujeres que presenció el crimen logró dar aviso a la Policía. El agredido fue trasladado a un hospital cercano, donde confirmaron su deceso por una hemorragia aguda externa –por laceración de arteria femoral– como consecuencia de una herida en la pierna.

La Sala Penal no admitió los argumentos expresados por la defensa de las sentenciadas: con respecto a la tesis de Maritza L. sobre el tipo de participación que Fiscalía le imputó en la comisión del delito (coautora) y sobre la defensa de Valeri C., quien afirmó que no se ha presentado la suficiente prueba para determinar la responsabilidad de la muerte de la víctima, causada por un apuñalamiento.

El Tribunal expresó que no existe duda acerca de la responsabilidad de las dos sentenciadas en el delito imputado, pues, los jueces de primera instancia valoraron de forma adecuada las pruebas presentadas por la agente fiscal Patricia Muñoz, en la audiencia de juicio de abril de 2022.

El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y contempla una pena privativa de libertad de diez a trece años.

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