Desaparición Dana Ramos: El padre está con prisión preventiva
Mauro Ramiro R. y Evelyn Jeaneth B. R. son procesados por su presunta participación en el delito de desaparición involuntaria de Dana Ramos. La niña, de 8 años, fue vista por última vez el 1 de febrero en Riobamba (Chimborazo).
La Fiscalía informó que se establecieron medidas para los dos procesados: Mauro R., quien sería el padre, tiene prisión preventiva y Evelyn B. tiene arresto domiciliario y custodia policial permanente. Además se señaló que ambos serían los presuntos ejecutores de la desaparición de la niña en el barrio el Porvenir, en Riobamba.
La entidad recopiló versiones de familiares y personas que conocieron el hecho. En el caso se incluyó información de proveedores de Internet, en los cuales se visibilizan mensajes y correos de extorsión a la familia. También hubo siete allanamientos.
La norma
Según el artículo 163,1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se tipifica y sanciona este delito de desaparición involuntaria. La sanción es de siete a 10 años.
La pena aumenta de 10 a 13 años en las siguientes circunstancias:
-Si la privación de libertad de la víctima se prolonga por más de ocho días.
-Si la víctima es una persona menor de dieciocho años, mayor de sesenta y cinco años, mujer embarazada, persona con discapacidad o que padezca enfermedades que comprometan su vida.
-Si se comete con apoderamiento de nave o aeronave, vehículos o cualquier otro transporte.
-Si se comete total o parcialmente desde el extranjero.
-Si se comete por personas que tengan algún tipo de relación familiar o de poder o autoridad sobre la víctima, tales como: docentes, ministras o ministros de culto, personal de salud o personas responsables en la atención del cuidado del paciente; o por cualquier otra clase de profesional o técnico que haya abusado de su posición, función o cargo para cometer la infracción.
-Si la víctima ha sido sometida a violencia física, sexual o psicológica.