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Debate: ¿fue agresión o abuso sexual el acto registrado en Salinas?

En Salinas hubo actos de agresión a los vehículos, en Carnaval.
En Salinas hubo actos de agresión a los vehículos, en Carnaval.
Foto captura.
24 de febrero de 2023 - 15:27 - Redacción Web

Durante los días de Carnaval circuló un video en el cual se observa a un hombre y a una mujer sobre un vehículo. Se visualizan movimientos sexuales entre ambos. A su alrededor, decenas de personas les lanzan espuma y agua. El clip sigue y se observa que el sujeto retira la ropa interior de la joven, incluso, le propina unos golpes en la cadera.

Este tipo de actos registrados en celulares y publicados en redes sociales levantaron las alarmas. ¿Fue agresión o abuso sexual este acto registrado en Salinas? ¿Qué pasa si la persona estuvo en estado de embriaguez?

EL TELÉGRAFO se comunicó con dos abogados quienes analizaron este acto suscitado días atrás en el feriado. El asueto se extendió desde el sábado 18 hasta el martes 21 de febrero de 2023.

Ana Cristina Vera, abogada y defensora de los derechos de las mujeres, sostuvo que cualquier jugueteo o relación sexual debe realizarse bajo el consentimiento de ambas partes, es decir, las personas deben tener conciencia de lo que hacen. Desafortunadamente, cuando alguien está bajo los efectos del alcohol no puede estarlo.

A esto se suma -dice- la tolerancia que hay ante este tipo de actos. Por ejemplo, las personas que están grabando o que observaron el hecho se quedaron como espectadores; ninguno hizo nada para parar.

En el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 171, se reconoce como violación al acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril u otros objetos por vía oral, anal o vaginal. La pena que se impone es de 19 a 22 años de pena privativa de la libertad. Mientras que en el 170 se cataloga como abuso sexual a la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute u obligue a realizar algún acto sexual. La sanción es de tres a cinco años de prisión.

En los dos casos se tomará en cuenta si la víctima se encuentra privada de la razón o si tiene alguna discapacidad o enfermedad; uso de violencia, amenazas o intimidación; y si es menor de 14 años.

Pese a que la normativa es clara, su aplicación es difícil. Lo explica el abogado Cristian Balseca. Para él, uno de los factores que inciden en esta falta de voluntad es el alcohol, ya que la persona pierde sus facultades. En ese marco, la justicia debe hacer una evaluación exhaustiva para comprobarlo.

Los dos profesionales del Derecho señalaron que, pese a que no exista una denuncia por agresión, la Fiscalía debería abrir una investigación de oficio. ¿El motivo? Existen videos en los que se observa un acto sexual que podría afectar a la mujer implicada. No se requiere una denuncia previa, mencionaron. 

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