¿Cuál es la multa por 'grafitear' paredes en Quito?
Actualmente existe una multa y sanción establecida en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el Art.325 y por el Municipio de Quito por 'grafitear' bienes privados y de la ciudad, es decir pintar paredes sin autorización.
El grafiti vandálico es uno de los problemas que tiene la ciudad, para evitar que la imagen del Distrito Metropolitano de Quito se dañe con manchas de grafitis se han establecido sanciones.
Por otra parte, el COIP en el Art.325 establece una sanción a la persona jurídica que cometa los delitos previstos en esta sección y de determinarse la responsabilidad se le sancionará con las penas establecidas.
Las personas que hagan grafitis como dibujos, leyendas y hasta palabras ofensivas deben pagar una multa económica, según la Ordenanza Metropolitana No. 0332, pues establece que las personas que sean encontradas realizando graffitis en dentro del Distrito Metropolitano de Quito serán sancionadas con una multa del 50% de una remuneración básica unificada (USD 212.50) y de 1 a 3 años de privación de la libertad y hasta 5 años si hay agravantes.
Multa por grafitear
50% de una Remuneración Básica Unificada (RBU).
Sanción por grafitear
De 1 a 3 años de privación de libertad y hasta 5 años, si hay agravantes.
Finalmente, en caso de que el infractor no pueda pagar la multa deberá realizar trabajo comunitario y de existir reincidencia de las infracciones, la sanción y multa se duplicarán.
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— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) August 16, 2022