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Ecuador, 21 de Enero de 2025
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‘Cirujana estética’ fue sentenciada por mala práctica profesional

Presunta ‘cirujana plástica’ fue condenada por homicidio culposo.
Presunta ‘cirujana plástica’ fue condenada por homicidio culposo.
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Helen R. promocionaba sus servicios como cirujana plástica en redes sociales y en publicidad de radio. Ella contaba con un título de cuarto nivel, pero este no le facultaba a realizar cirugías plásticas del nivel que practicó a la víctima. 

Es decir, la mencionada infringió el artículo 198 de la Ley Orgánica de Salud que obliga a los profesionales a limitar sus acciones a lo que su título les permita. Además no cumplió con su deber de cuidar a una pacientes; actuó con imprudencia y negligencia durante su intervención. 

¿Qué pasó? 

La paciente de 39 años acudió el 27 de agosto de 2020 a la clínica ubicada en el norte de Quito. En ese espacio estaba pactada una cirugía de mamoplastia de aumento, lipoescultura tumescente y lipotransferencia glútea. 

Antes de las intervenciones, el personal le practicó exámenes, pero no se mostraron impedimentos para realizar los procedimientos. 

La cirugía duró seis horas y después fue trasladada al área de recuperación, donde se descompensó. Su estado de salud se agravó en los siguientes dos días.

En este tiempo, la procesada no determinó el motivo de la descompensación ni ordenó el traslado de la mujer a un hospital para brindarle atención especializada. Tampoco hizo caso a las recomendaciones de un amigo de la víctima, quien solicitó el traslado a otro centro de salud. 

Producto de ello, la mujer falleció. Durante la autopsia se determinó que la muerte se dio por shock hipovolémico provocado por laceraciones en la pared abdominal causadas por las cánulas de succión. 

La ley 

Las autoridades de justicia procesaron a la presunta ‘cirujana plástica’ como homicidio culposo por mala práctica profesional. Está tipificado en el artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con una pena de uno a tres años de cárcel. 

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