Publicidad

Ecuador, 27 de Diciembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Las tres causales para no pagar la pensión alimenticia

Las tres causales para no pagar la pensión alimenticia
-

La pensión alimenticia es una normativa legal que deben cumplir los padres con sus hijos, en caso de separación o divorcio. El Ministerio de Inclusión Económica y Social es la institución del Estado encargada de elaborar la tabla de pagos que se deben cancelar, según el número de hijos y salario mensual.

Sin embargo, en la legislación ecuatoriana existen casos que eximen de hacer este pago.  Si bien el alimento es un derecho imprescriptible de parte de los progenitores, el enumerado 32 de la ley reformatoria  al Título IV del Código de la Niñez y Adolescencia establece tres causales:

- Muerte del titular del derecho (hijo)

- Muerte de todos los obligados al pago (padres)

- Desaparición de las circunstancias que generaban el derecho al pago de alimentos según la ley

Estos tres enunciados son la única normativa que evita el pago de la pensión. En el primero se refiere a la ausencia de la persona que debe recibir el rubro económico, por cuestiones obvias. En la segunda causal se aclara que si uno de los padres fallece, la responsabilidad de asumir ese costo es el otro progenitor, aunque los abuelos también están en la potestad de encargarse de la pensión.

Mientras que la tercera causa es cuando el hijo cumple la mayoría de edad, es decir 18 años, o al finalizar los estudios universitarios. La ley también concibe el derecho a las personas con dispacaidad hasta que cumplan los 21 años.

De todas maneras, la petición ante un juez para extinguir la pensión alimenticia también está permitida. El único trámite para este proceso es que las dos partes acudan ante la autoridad competente y tras escuchar sus testimonios se emite la resolución del caso.

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Social media