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Ecuador, 27 de Diciembre de 2024
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Cambios en el concurso de méritos y oposición para docentes de educación general básica

Cambios en el concurso de méritos y oposición para docentes de educación general básica
Cambios en el concurso de méritos y oposición para docentes de educación general básica
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A partir del lunes 6 de marzo de 2023 se inicia el concurso de méritos y oposición para docentes de Educación General Básica.

Según el Ministerio de Educación, este proceso incorpora en su estructura las reformas planteadas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento.

Estos cambios comprenden:

CAMBIOS INCORPORADOS EN LA NORMATIVA VIGENTE:

  1. De acuerdo con la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General se distinguen dos distintas figuras: la condición de apto y la elegibilidad:

— Condición de apto: es la condición que se obtiene antes de participar en un concurso de méritos y oposición, aprobando las pruebas de razonamiento, personalidad y conocimientos específicos y generales.

— Banco de elegibles: Cumpliendo con el Art. 100 de la LOEI está integrado por las personas que, habiendo participado en un concurso de méritos y oposición (contando con los requisitos establecidos en la ley para ser aptos), no resultaron ganadores. Ellos podrían reemplazar al docente que haya ganado la partida en la plaza para la cual concursaron, y que por cualquier motivo renuncie a la misma. En caso de renuncia o desistimiento del titular de la partida, el o la docente elegible accede a esa partida de manera automática. Para que estos reemplazos por renuncia o desistimiento se realicen, el Ministerio de Educación emitirá los lineamientos específicos.

  1. Los aspirantes que podrán participar en el concurso de méritos y oposición son quienes cuenten con un título de tercer o cuarto nivel en el campo de la educación registrado en el SENESCYT y que además tengan vigente la condición de candidatos aptos (antes conocida como de candidatos elegibles).

Para el caso específico de los docentes que obtuvieron la calidad de elegible en fechas anteriores a la vigencia de la LOEI y que tienen vigente esta condición, serán considerados como docentes aptos y podrán participar en los concursos de méritos y oposición, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en la LOEI.

  1. De acuerdo con lo determinado en el artículo 99 de la LOEI, los concursos de méritos y oposición se desarrollarán en el plazo máximo de 60 días.
  2. El Ministerio de Educación implementará en este concurso de méritos y oposición lo determinado en la Disposición General Décima y la Disposición Transitoria Trigésima Sexta de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, para lo cual se emitirán y publicarán los lineamientos específicos.

CAMBIOS INCORPORADOS EN LA ESTRUCTURA DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN

Con el fin de generar un proceso eficiente, efectivo y dinámico que permita cumplir con los plazos establecidos en la normativa y garantizar la calidad de la educación en todos sus niveles, el Ministerio de Educación realizarán cambios en la estructura de la ejecución de los concursos de méritos y oposición, lo que permitirá optimizar el tiempo de ejecución y simplificará el proceso para los aspirantes a docentes.

A continuación, se detalla las incorporaciones realizadas a la estructura del proceso:

 

  1. El principal cambio se verá reflejado en la fase de registro y postulación, en donde los aspirantes podrán, registrar información personal, seleccionar y postular hasta por 5 vacantes ofertadas en la fase inicial del proceso.
  2. La fase de validación de la documentación del postulante se realizará al inicio del concurso, con el fin de que los aspirantes, quienes tengan toda la documentación en regla, puedan continuar con las siguientes fases del concurso.
  3. Las bonificaciones que se generen para los postulantes que cumplan con los requisitos establecidos para el cumplimiento de la Disposición General Décima y la Disposición Transitoria Trigésima Sexta de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, se verán reflejados en la fase de asignación de ganadores de este concurso.

Por lo expuesto y en cumplimiento de la normativa vigente, esta Cartera de Estado informa el cronograma planteado para el concurso de méritos y oposición.

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