Autoridades reaccionaron a la sentencia en contra del policía Santiago Olmedo
A través de su cuenta de Twitter, el GraD. Fausto Salinas, comandante de la Policía Nacional se refirió a la sentencia de 13 años en contra de Santiago Olmedo por el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio ocurrido el 11 de junio del 2021.
Salinas publicó que, esta sentencia, “nos une como Institución y ecuatorianos; esperamos que su defensa pruebe su inocencia, nuestra solidaridad y apoyo”.
La sentencia de 13 años de privación de libertad a nuestro compañero #SantiagoOlmedo, que el 11 de junio del 2021 actuó para proteger a víctimas de un delito, nos une como Institución y ecuatorianos; esperamos que su defensa pruebe su inocencia, nuestra solidaridad y apoyo. pic.twitter.com/RCGMtFUnbw
— GraD. Fausto Salinas Samaniego (@CmdtPoliciaEc) August 26, 2022
Así también, el ministro del Interior, Patricio Carrillo, en la misma red social, aseguró que “incrementar la pena al máximo por extralimitación de funciones para un policía que impidió un delito, tiene mensaje: inmovilizar y paralizar a la Policía Nacional.
Y aseguró que “en democracia corresponde apelar y lo haremos. Al juzgar ex post el uso de la fuerza, no se valora la excepcionalidad”.
Incrementar la pena al máximo por extralimitación de funciones para un policía que impidió un delito, tiene mensaje: inmovilizar y paralizar a la @PoliciaEcuador. En democracia corresponde apelar y lo haremos. Al juzgar ex post el uso de la fuerza, no se valora la excepcionalidad
— Patricio Carrillo (@CarrilloRosero) August 26, 2022
Sobre este caso, el pasado 11 de junio del 2021, Santiago Olmedo vio a tres sospechosos cuando asaltaban con un arma blanca a un adolescente, que transitaba por una calle de Riobamba, al intervenir, disparó a los tres presuntos agresores. Dos sospechosos fallecieron, uno en el sitio del robo y otro en un hospital.
El delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio se configura cuando un elemento de la fuerza pública “inobserva el uso progresivo o racional de la fuerza y produce la muerte de una persona". Así lo establece el artículo 293 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La decisión fue tomada con base en el reformado artículo 293 –en concordancia con el artículo 46, numeral 14– del Código Orgánico Integral Penal (COIP), rechazando así el recurso de apelación presentado por el procesado. #FiscalíaContraElDelito
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) August 25, 2022
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— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) August 26, 2022