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Agresores de agentes de tránsito pueden terminar en prisión

Momentos de la agresión a los agentes de la ATM, en Guayaquil
Momentos de la agresión a los agentes de la ATM, en Guayaquil
Foto: Captura de pantalla
20 de julio de 2021 - 20:33 - Redacción Web

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 386, numeral 2, dispone que el conductor que falte de obra a la autoridad o agente de tránsito, "será sancionado con pena privativa de la libertad de tres días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de 10 puntos en su licencia de conducir".

Esto, en referencia a lo ocurrido en Guayaquil la mañana de este martes 20 de julio del 2021, cuando dos efectivos de la Agencia de Tránsito Municipal (ATM) fueron agredidos, mientras realizaban labores de control en el km 9 de la Vía a Daule. Los agentes custodiaban un auto hacia el Centro de Retención Vehicular, cuando fueron interceptados.

Dos carros arribaron al punto para rescatar a su compañero detenido. Con diferentes objetos golpearon a los agentes para lograr que se distrajeran y el vehículo retenido escapara.

La ATM indicó que los dos agentes civiles se encuentran en buen estado y bajo valoración médica. Por el momento se recuperan de las lesiones producidas a causa de la agresión.

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