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Ecuador, 25 de Diciembre de 2024
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El nuevo decreto impide la entrada a refugiados durante cuatro meses

Veto migratorio de Trump es examinado en 3 estados

Omar Jadwat (d) y Justin Cox (i), abogados de los derechos civiles, dan una rueda de prensa en las afueras del Tribunal de Maryland.
Omar Jadwat (d) y Justin Cox (i), abogados de los derechos civiles, dan una rueda de prensa en las afueras del Tribunal de Maryland.
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Los grupos de defensores de los derechos de los refugiados y los abogados de la administración del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, se congregaron ayer en un tribunal federal en los suburbios de Maryland. La mañana de ayer, este estado junto a Washington y Hawái disputaron -simultáneamente- las audiencias que marcaron las últimas peleas legales sobre el nuevo veto migratorio del republicano antes de que hoy entre en vigencia.

La orden ejecutiva de Trump suspende el programa de refugiados de Estados Unidos por 120 días, impide la emisión de nuevas visas a ciudadanos de 6 países (Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen)  durante 90 días y disminuye el número de refugiados permitidos (de 110.000 a 50.000).

Los abogados del Departamento de Justicia dicen que la orden es “sustancialmente diferente” de la prohibición de viajar de Trump el 27 de enero, que dejó varados a miles de viajeros en el extranjero y provocó protestas antes de que fuera bloqueada en todo el país por un juez federal en Seattle.

Los republicanos alegan que por esta razón, Theodore D. Chuang, el juez de distrito de Maryland, no debe detener el nuevo veto, ya que su principal objetivo es evitar que terroristas entren al país.

Días previos, Trump ya afirmó que el nuevo decreto antimigratorio corrige aspectos poco claros de la primera versión y, por lo tanto, confía que será prácticamente imposible que una corte decida la suspensión.

El diario The Washington Post publicó que las organizaciones defensoras de refugiados no están de acuerdo. El argumento en Maryland es que discrimina a las personas con base en su nacionalidad y religión. Dicen que la orden dividirá familias y dañará a la gente que huye de las naciones envueltas en guerras y otros conflictos reduciendo drásticamente las admisiones de refugiados.

¿El veto es inconstitucional?

El estado de Washington, al igual que los de California, Massachusetts, Oregon, Maryland y Nueva York, sometió el caso el lunes ante James Robart, un juez federal de Seattle que había tenido un papel esencial en el bloqueo del primer decreto presidencial.

El fiscal general de California, Xavier Becerra, señaló en una nota que “el gobierno de Trump pudo haber modificado el texto de su ya desautorizado bloqueo al ingreso de musulmanes, pero no ha cambiado su naturaleza inconstitucional ni sus efectos”.

Debido a que inició los procedimientos para bloquear el primer decreto migratorio de Trump, el magistrado Robart ha sido objeto de la ira del presidente, quien en la red social Twitter se refirió a él como “dizque juez”.

En Hawái (tierra natal del expresidente Barack Obama y un bastión del Partido Demócrata), la fiscalía presentó un alegato formal ante un juez federal, quien convocó a una audiencia urgente para ayer.

De acuerdo con la mecánica judicial estadounidense, un juez federal puede suspender parcial o completamente la aplicación de un decreto, en una decisión que tiene alcance nacional.

Cuando se presentó públicamente el nuevo decreto, el secretario de Estado, Rex Tillerson, dijo que se trataba de “una medida vital” para la seguridad nacional, ante la existencia de amenazas que no cesan.

Sin embargo, en todo el país se alzan numerosas voces que cuestionan esa urgencia y en cambio argumentan que la medida discrimina de forma clara a musulmanes, siendo que las leyes prohíben la segregación por cuestiones religiosas.

Desde los atentados en Nueva York y Washington en septiembre de 2001, 123 personas han muerto a manos de terroristas musulmanes, mientras otros 230.000 murieron en ataques de los mismos estadounidenses; narcotraficantes, cónyuges, la mayoría con tinte racista, o de personas provenientes de países que no son los seis ahora incluidos en el decreto presidencial. (I)

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Indocumentados protegen a sus hijos menores

Con el endurecimiento de las políticas migratorias por el cambio de administración aumentan los miedos de los inmigrantes que están en peligro de deportación y, sobre todo, en riesgo de que sus familias sean separadas. En caso de tener hijos, los abogados defensores de los derechos humanos aconsejan tener un plan preparado, sin importar el estatus migratorio de los niños o de los padres.

La organización Immigrant Legal Resource Center (ILRC), con base en San Francisco, diseñó el ‘Plan familiar en caso de emergencia’, que incluye una carta de custodia temporal para los hijos, por si los padres son detenidos.

De acuerdo con el portal de noticias de Univisión, organizaciones como el Consejo de Federaciones Mexicanas en Norteamérica (Cofem) encontraron tan útil esta herramienta que desde diciembre la distribuyen en sus talleres con las comunidades indocumentadas.

“La carta -de custodia temporal para los hijos- tiene mucho éxito porque la gente realmente no sabe qué hacer a la hora de una posible deportación”, explica Fernando Moreno, director de comunidades de Cofem.

Dentro del paquete de pasos elaborado por el ILRC se recomienda tener un plan para que un adulto de confianza -que sea residente- pueda cuidar al menor. Este plan debe incluir números de emergencia, una lista con la información de contactos de personas clave, una declaración jurada por parte de la persona que cuidará a los niños y un archivo con documentos importantes de los menores (documento de identidad y condiciones médicas de alergia, entre otras).

Asimismo, los menores deben estar advertidos de cómo actuar frente a esta situación y saber cómo localizar a su tutor en caso de emergencia.

Un poder legal para los menores, hijos de indocumentados, permite a los padres nombrar a otro adulto para que decida sobre ellos (maneje las finanzas; ahorros para solventar sus necesidades básicas), es provisional y no requiere que los progenitores renuncien a sus derechos de padres o de su tutela.

Los indocumentados también pueden registrar el nacimiento de sus hijos con el gobierno de su país (en el consulado de su nación) en cuanto al caso de los que nacieron en Estados Unidos. Esto les podrá otorgar a los menores beneficios, incluyendo la ciudadanía de sus padres. (I)

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