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El presidente Juan Manuel Santos se congratuló por la decisión del Congreso

Tribunal allana camino para aprobar la paz

Un hombre sostiene una bandera blanca durante una manifestación para exigir respaldo al nuevo acuerdo de paz.
Un hombre sostiene una bandera blanca durante una manifestación para exigir respaldo al nuevo acuerdo de paz.
Foto: AFP
14 de diciembre de 2016 - 00:00 - Rafael Croda. Corresponsal en Colombia.

La Corte Constitucional de Colombia aprobó ayer un mecanismo de vía rápida que permitirá al Congreso tramitar con la mayor celeridad las leyes para implementar los acuerdos de paz con la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

La decisión, que fue adoptada con el voto a favor de ocho magistrados, mientras que solo uno se manifestó en contra, resulta determinante para el éxito del proceso de paz con las FARC, pues permitirá que las leyes y cambios constitucionales que requieren los acuerdos con esa guerrilla se aprueben en el Congreso   -donde el Gobierno tiene una amplia mayoría- mediante un trámite abreviado.

Una de las preocupaciones del Gobierno y las FARC era que las legislaciones que se derivan del pacto de paz firmado el 24 de noviembre quedaran atrapadas en un interminable debate político en la Cámara de Representantes y el Senado y que las iniciativas de ley que presentará el Ejecutivo sufrieran modificaciones sustanciales.

Con la vía rápida o mecanismo fast-track aprobado por la Corte Constitucional, el Congreso no podrá modificar las iniciativas de ley relacionadas con los acuerdos de paz, a menos que lo apruebe el Gobierno, y el trámite de esas normas se reducirá a unos seis meses, mientras que si seguía el procedimiento normal podría demorarse entre uno y dos años en aprobarlas.

“Con esta decisión de la Corte esperamos tener listas todas las leyes de la paz en junio del año próximo”, dijo el presidente del Congreso, Mauricio Lizcano.

El mecanismo fast-track ya fue aprobado por el Congreso y por la Corte Constitucional para implementar el acuerdo de paz con las FARC firmado en Cartagena el 26 de septiembre, pero su aplicación estaba sujeta a que los colombianos refrendaran ese pacto en el plebiscito del 2 de octubre, lo cual no ocurrió.

Por ello, al existir un nuevo acuerdo de paz, el cual ya fue refrendado por el Congreso hace dos semanas, la Corte Constitucional debía decidir si el mecanismo abreviado para tramitar las leyes derivadas de ese pacto era o no vigente.

Al decidir que sí lo es, el tribunal argumentó que el mecanismo no viola la Carta Política porque fue el mismo Congreso el que lo aprobó en un debate abierto y democrático y que, en todo caso, las leyes de la paz que expida el Legislativo deberán pasar por el control de la Corte Constitucional, que podrá hacerles modificaciones si considera que no se ajustan a la normatividad legal.

Según el fallo de los magistrados, el mecanismo abreviado pretende contribuir a lograr la paz con las FARC y ese objetivo es fundamental para el país.

La Corte consideró, sin embargo, que la refrendación del nuevo acuerdo de paz en el Congreso es válida, pero debe complementarse con una ley en la que se señale expresamente que el Legislativo aprobó el pacto con las FARC.

Además, señaló que la vía rápida de tramitación no impide que en otros espacios de participación ciudadana se discutan aspectos concretos de las legislaciones que emanarán del pacto de paz.

El senador Mauricio Lizcano dijo que con la decisión de la Corte Constitucional el Congreso se declaró en sesión permanente hasta que se terminen de tramitar todas las leyes de la paz. Ayer mismo, el Gobierno presentó al Congreso una iniciativa de ley de amnistía que beneficiará a los guerrilleros de las FARC que no tengan delitos graves.

Esta norma es necesaria para que los combatientes concluyan, a finales de este mes, su traslado a 27 zonas de ubicación en las que comenzarán a entregar sus armas y donde una misión de Naciones Unidas verificará el cese del fuego.

Lizcano dijo que entre las leyes prioritarias constan la que crea la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el mecanismo de justicia transicional que juzgará y sancionará a guerrilleros, militares y civiles implicados en crímenes de lesa humanidad; la de participación política, que permitirá la creación del partido político de las FARC cuando concluya el desarme; y la de lucha contra el paramilitarismo.

Con el mecanismo fast-track estas leyes y las demás que se deriven de los acuerdos de paz se podrán aprobar con solo dos debates legislativos, en lugar de los cuatro que se requieren en el trámite normal. Y las reformas constitucionales solo requerirán de cuatro debates, en vez de ocho.  

Según los acuerdos de paz, las FARC podrán designar 3 voceros en cada una de las cámaras (Senado y Cámara de Representantes) para que participen en el debate, sin derecho a voto, de los proyectos de reforma constitucional o legal que sean tramitados mediante el procedimiento legislativo especial aprobado ayer por la Corte Constitucional.

El presidente Juan Manuel Santos, quien está de gira por Europa tras recibir el sábado el Premio Nobel de la Paz, se congratuló por la decisión de la Corte y dijo desde Bruselas que es necesario establecer un gran acuerdo nacional alrededor de la implementación de los acuerdos con las FARC.

El expresidente Álvaro Uribe, principal adversario de los acuerdos, se pronunció la semana pasada contra el mecanismo fast-track. (I)

DATOS

El fast track (vía rápida) es un acto legislativo del derecho constitucional colombiano que plantea varias transformaciones importantes.

Sus efectos son: acortar los tiempos de aprobación de las reformas necesarias para la paz a la mitad de lo usual. Y reducir el campo de acción del Congreso colombiano porque lo limitará a aprobar o no proyectos que presente el Gobierno de Colombia.

El jefe de la delegación del Gobierno, Humberto de la Calle, afirmó que “el fast track no es un capricho, no es un deseo de poner contra la pared a quienes se oponen, sino que es una necesidad” y fue enfático en que el grupo insurgente “no va a estar un año sentado esperando a ver qué pasa”.

La normas colombianas actuales rezan que los cambios legislativos pueden tardarse dos períodos legislativos, es decir, hasta finales de 2018. (I)

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