No habrá estatuas ni calles o plazas con el nombre de Fidel Castro en Cuba
La Asamblea Nacional de Cuba aprobó este martes una ley que prohíbe utilizar el nombre de Fidel Castro para nombrar calles y plazas, o erigir monumentos a su memoria.
Al intervenir en la sesión plenaria del Parlamento unicameral que tiene lugar en el Palacio de las Convenciones, el secretario del Consejo de Estado de Cuba, Homero Acosta, destacó que esta regulación responde únicamente al respeto sagrado a la voluntad expresada por el líder histórico de la Revolución Cubana.
Apuntó que esa petición hecha por Fidel Castro, y que fue dada a conocer tras su fallecimiento el pasado 25 de noviembre a los 90 años de edad, es expresión de la "humildad y modestia" que le caracterizaron.
La ley aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional prohíbe expresamente el empleo del nombre de Fidel "para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles y otros lugares públicos, así como cualquier tipo de condecoración, reconocimiento o título honorífico".
Asimismo, queda prohibida la utilización de su figura "para erigir monumentos, bustos, estatuas, tarjetas conmemorativas y otras formas similares de homenaje"; igualmente debe entenderse que para situarlos en sitios públicos.
De lo anterior se exceptúa el uso de su nombre para denominar en un futuro alguna institución que se cree, conforme a la ley, para el estudio de su invaluable trayectoria en la historia de la nación, aclaró Acosta.
El funcionario también puntualizó que dando continuidad al espíritu de la voluntad expresada por el líder histórico de la revolución, se prevé también prohibir "el uso de denominaciones, imágenes o alusiones de cualquier naturaleza referida a la figura del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz para su utilización como marca u otros signos distintivos, nombre de dominio y diseños con fines comerciales o publicitarios".
En ese ámbito la norma está referida a limitaciones en materia de propiedad industrial, en lo relativo a las marcas, emblemas y lemas comerciales, o rótulos de establecimientos, y evitar el uso de la figura del líder de la revolución en el tráfico mercantil, o con fines de publicidad comercial.
La ley no limita, sin embargo, la producción artística literaria, por lo cual resulta totalmente válido que un artista se inspire en Fidel o utilice su figura para crear una obra en cualquiera de las manifestaciones, ya sea la literatura, música, danza, cine o las artes plásticas y aplicadas.
Tampoco se imponen limitaciones al uso de su iconografía e imágenes acumuladas en su rica trayectoria revolucionaria, en actos públicos, así como se mantendrán como hasta hoy sus fotos en centros de trabajo o de estudio, unidades militares e instituciones.
"Fidel continuará siendo un ícono en las luchas de nuestro pueblo por preservar nuestra unidad, nuestra independencia, nuestra soberanía y nuestro socialismo. Seguirá también como fuente de inspiración de todos aquellos que en cualquier parte luchen por un mundo mejor, por un mundo de justicia e igualdad social", asegura el texto.
Al presentar este proyecto de ley que honra la memoria de nuestro líder histórico, al que nuestro pueblo ha elevado a la inmortalidad, dijo, lo hacemos con el espíritu de que su ejemplo, su obra y sus ideales serán eternos como la piedra en que reposan sus cenizas.
Por su parte, la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional dictaminó que esta norma consagra uno de los elementos éticos inherentes a la personalidad de Fidel Castro, y su total y permanente identificación con la máxima expresada por el Héroe Nacional cubano José Martí, de que "toda la gloria del mundo cabe en un grano de maíz".
"Les interesamos aprobar esta ley conscientes de que vivirá por siempre en la memoria e historia de este pueblo digno y revolucionario que le honrará, de que la Patria vivirá siempre agradecida de su obra y cuando se muere en manos de la Patria agradecida, la muerte acaba y comienza al fin con el morir la vida", expresa el dictamen sometido a la aprobación de los legisladores. (I)