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La CoIDH condena a Colombia por el cese de Gustavo Petro como alcalde de Bogotá

La CoIDH condena a Colombia por el cese de Gustavo Petro como alcalde de Bogotá
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha condenado al Estado colombiano por la inhabilitación y consecuente destitución del ahora senador Gustavo Petro como alcalde de Bogotá en el marco de la crisis de las basuras.

La CoIDH informó el martes 18 de agosto, de que el pasado 8 de julio "dictó sentencia mediante la cual declaró la responsabilidad internacional del Estado de Colombia por las violaciones a diversos derechos en perjuicio del señor Gustavo Petro".

El tribunal regional sostiene que "los derechos políticos del señor Petro se vieron afectados como consecuencia de la sanción disciplinaria de destitución como Alcalde Mayor de Bogotá e inhabilitación por el término de 15 años para ocupar cargos públicos, que le fue impuesta por la Procuraduría General de la República el 9 de diciembre de 2013".

En opinión de la CoIDH, "las normas que facultan a la Procuraduría a imponer dichas sanciones a funcionarios democráticamente electos -como fue el caso del señor Petro-, así como aquellas que tienen el efecto práctico de producir una inhabilidad en el ejercicio de los derechos políticos como resultado de una decisión de la Contraloría, constituyen una violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Además, considera que "en el proceso disciplinario seguido contra del señor Petro se violaron el principio de jurisdiccionalidad, la garantía de imparcialidad, el principio de presunción de inocencia y el derecho a la defensa".

En consecuencia, ha ordenado indemnizar a Petro con "las sumas monetarias fijadas en la sentencia por conceptos relativos al daño material" y "el reintegro de gastos y costas", una serie de "reparaciones" que consisten en publicar el "resumen oficial" del fallo en el Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional.

También ha estimado necesario, como "garantías de no repetición", "adecuar el ordenamiento interno (de Colombia) de acuerdo a lo señalado en la sentencia, de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas".

Petro destacó el mismo martes, durante una sesión virtual del Senado, que se trata de una sentencia "obligatoria" que aboca a una "reforma legislativa" para ajustar el derecho colombiano a la Convención Americana. "Los funcionarios de elección popular no pueden ser destituidos por órdenes administrativas", ha subrayado.

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, por su parte, ha destacado que "la Corte negó varias de las pretensiones del senador". "En este momento se analiza la decisión de esa instancia internacional", ha dicho en Twitter.

El caso se remonta a 2013, cuando la Procuraduría ordenó destituir a Petro por implantar un nuevo modelo de recolección de basuras para Bogotá afectando a varios contratos públicos adjudicados a empresas privadas. El cambio se produjo en un momento en el que en la capital colombiana se llegaron a acumular toneladas de residuos. (I)

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