Sanciones por exceso de velocidad son consideradas ‘desproporcionadas’
El primer día de operativos de control de velocidad por parte de la Agencia Metropolitana de Tránsito dejó 1 detenido y 7 infractores, por exceder los límites en la zona urbana. La sanción privativa de libertad es considerada ‘desproporcionada’ para abogados constitucionalistas y penalistas.
Este lunes 30 de julio en la red social X, el abogado André Benavides planteó la opción de presentar la demanda de inconstitucionalidad contra esta medida. Su propuesta es que se mantenga la sanción administrativa, pecuniaria o trabajo comunitario.
“El artículo 386 del COIP contraviene el articulo 76 numeral 5 y 6 de la Constitución en lo que tiene que ver la proporcionalidad de las acciones. En ese sentido la sanción de pena privativa de libertad de tres días no justifica y se estaría violentando el derecho de libertad que tenemos los ciudadanos,” dijo el constitucionalista.
Según la abogada María del Mar Gallegos, la medida podría intensificar los problemas de hacinamiento carcelario. “Aumentar las penas o aumentar el tema sancionatorio con pena privativa de libertad es algo que no guarda lógica con el COIP y que generalmente no se ha visto que sea disuasivo,” comentó Gallegos.
Los operativos de control se efectuarán en dos franjas horarias los martes, jueves y sábados en 24 puntos considerados peligrosos en la ciudad.
¿Cuáles son las sanciones por exceso de velocidad en Quito según el Código Integral Penal?
- Artículo 386 numeral 3: Pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico y reducción de 10 puntos en la licencia.
- Artículo 386 numeral 6: Multa equivalente al 30% de un salario básico para exceso de velocidad den rango moderado.
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