“Ya no tengo razón de vivir, amaba a mi esposa e hijos”
El principal implicado en la muerte de su esposa e hija enfrentará la pena más drástica impuesta en Ecuador: 35 años de reclusión mayor.
Jonathan Camilo López Cadena fue condenado por el Tercer Tribunal de Garantías Penales del Guayas a cumplir esa condena por los elementos de convicción que permitieron confirmar su responsabilidad en el suceso ocurrido en la ciudadela Samanes 4, al norte de la ciudad de Guayaquil.
En la resolución judicial se le atribuye el asesinato de María Gabriela De Janón González (cónyuge), de 26 años, y el parricidio de Luciana Emilia López De Janón, de 6 años. Además se consideró como agravante la tentativa de asesinato de su pequeño hijo Mateo, que en ese tiempo tenía menos de dos años.
López fue capturado el mismo día del crimen (8 de marzo de 2011) mientras se encontraba -supuestamente inconsciente- en el interior de la vivienda.
“Junto a los policías abrimos la puerta de la casa, encontramos a mi sobrino Mateo en el cuarto de él llorando con un hematoma en la frente... en el cuarto de mi hermana vi a mi sobrina entre la cama y el clóset, me acerqué, la toqué, le tomé el pulso y no tenía”, narró en el juicio Yuri De Janón González, hermano de Gabriela. “Después me levanté (y observé) que tras la puerta estaba (sentado en el piso) el esposo de mi hermana con los ojos cerrados”. Dijo que posteriormente avanzó hacia el otro lado de la cama y encontró a su hermana, en un charco de sangre, en el piso boca arriba con el cuello desgarrado.
Durante la investigación se demostró que María Gabriela De Janón fue asfixiada con un cable plomo para puerto USB y sufrió lesiones con un arma cortante. Mientras que la muerte de la pequeña fue por estrangulación.
En su versión López Cadena reconoció su culpabilidad y a la vez arrepentimiento: “Sé que cometí un error, no sé lo que me pasó en ese momento, yo amaba a mi esposa e hijos, ellos eran mi vida... mi mente se quedó en blanco, sentí voces...”, relató. “Yo ya no tengo razón de vivir... mucha gente me ha querido quitar la vida, ya no me importa...”.
Silvia De Janón dijo que está satisfecha con la sentencia impuesta y consideró que la resolución sentará un precedente para que las mujeres que son víctimas de violencia doméstica no se queden calladas y denuncien el hecho.
Indicó que están complacidos con el accionar de los jueces y de la Fiscalía, a pesar de que tenían la preocupación de que el juicio se dilate y se cumpla la caducidad de la prisión preventiva del procesado.
La medida cautelar vencía el 8 de marzo próximo, fecha en que también se conmemora el Día Internacional de la Mujer.
Manifestó que luego de este año de lucha, en pro de conseguir justicia por sus familiares asesinados, impulsará una organización para apoyar a las mujeres, de toda clase social, que son víctimas de violencia.
Adeato Valencia, abogado defensor de López Cadena, anunció que impugnará la resolución del tribunal, a través de recursos de nulidad y de apelación, por cuanto, los jueces, argumentó, no consideraron la opinión de los profesionales de la salud sobre el reconocimiento de la enfermedad mental de López.
Además, porque la Fiscalía presentó pruebas insuficientes que no pudieron determinar con certeza la responsabilidad de su defendido, dejándolo, supuestamente, en indefensión.
Valencia indicó que presentará los recursos el próximo lunes, por lo que la sentencia no podrá ser ejecutoriada y el caso deberá ser enviado a una de las salas penales de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, donde podría demorar unos 30 días en resolverse.
“En caso de que la sala no me conceda el recurso de nulidad y apelación, presentaré el recurso de casación en Quito, y si no obtengo un fallo favorable allí, presentaré el respectivo recurso de revisión”, indicó el profesional del Derecho.
Con respecto al número de años impuestos en la sentencia, Valencia consideró que es exagerado, irrespetando el principio de proporcionalidad.
“Inclusive la misma Fiscalía pidió 25 años, los jueces no tienen idea de las connotaciones de una enfermedad mental”, refirió el abogado, quien agregó que su defendido permanece actualmente recluido en la Penitenciaría del Litoral con el riesgo de que se suicide o atente contra terceros, por lo que pugnará para que sea trasladado a un centro de tratamiento psiquiátrico y esté bajo medicación.
La sentencia se basó en los artículos 250 que sanciona el delito de asesinato y el 252 que hace referencia al parricidio. Este último narra: “Los que, a sabiendas y voluntariamente, mataren a su padre o madre, o a cualquier otro ascendiente; o a un hijo, o a cualquier otro descendiente; o a su cónyuge, serán reprimidos...”. Consecuentemente se impuso la pena de 35 años de reclusión mayor especial.