El Tribunal de Casación en el caso Sobornos declaró la ejecutoría de la sentencia
El Tribunal de Casación de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó los pedidos de ampliación y aclaración solicitados por 13 de las 20 personas sentenciadas por delito de peculado, en el caso Sobornos 2012-2016.
Con esta resolución, los magistrados determinaron que el proceso cobra ejecutoría. "Este Tribunal de Casación, órgano jurisdiccional de cierre del proceso penal, tiene a bien determinar que el proceso signado con el N°17721-2019-00029G ha cobrado ejecutoría", detalló el escrito a cargo de los jueces Javier De la Cadena, José Layedra y Milton Ávila.
Con esto, el Tribunal dispuso que se remita al Tribunal de origen para que proceda con la ejecución. Dicho Tribunal se conformó por los jueces Iván León, Iván Saquicela y Marco Rodríguez.
Los pedidos fueron presentados por el expresidente Rafael Correa; Pamela Martínez, exasesora de la Presidencia y exconjueza constitucional. También por Viviana Bonilla, excandidata a la alcaldía de Guayaquil por PAIS, así como Christian Viteri, exasambleísta por PAIS.
En cuanto a los empresarios, se encontraron Teodoro Calle, representante de TGC; William Phillips, representante de Grupo Azul; Mateo Choi, representante de SK Engineerig; Édgar Salazar, representante de Consermin; Ramiro Galarza, representante de Consermin; Alberto Hidalgo, de la empresa Hidalgo & Hidalgo; Bolívar Sánchez, representante de Sanrib.
Por último, Pedro Verduga, representante de Equitesa. En su caso particular, el pasado 16 de septiembre, antes de que llegara esta providencia, el empresario presentó un escrito en la CNJ con el cual señaló que, a pesar de pertenecer a la tercera edad y de encontrarse en una condición delicada de salud, está dispuesto a cumplir con la disposición de los jueces.
El caso Sobornos versa sobre aportes irregulares que habrían efectuado contratistas del Estado, a través de dinero y cruce de facturas, recibidos por altos funcionarios en la época de Correa, en beneficio del movimiento Alianza PAIS.
Sobre la sentencia
El abogado en libre ejercicio Pablo Estévez, explicó cuál es la diferencia entre sentencia ejecutoria y ejecución de la sentencia.
La primera es cuando una sentencia es inamovible, mientras que para la ejecución de la sentencia, el dictamen tiene que regresar al Tribunal de origen para que emita los correspondientes oficios a la Policía y así se ejecute la localización y captura de los procesados, así como la ejecución de la reparación integral.
La sentencia por el caso contempla ocho años de prisión para la mayoría de los sentenciados. Además del pago de una indemnización de $ 14,7 millones y la pérdida de los derechos de ciudadanía.
También un acto de disculpas públicas en la Plaza de Independencia, un curso de Ética Laica y Transparencia, así como la colocación de una placa en Carondelet.
Marcelo Dueñas, representante legal de Bonilla y Viteri, indicó que con esta notificación ni siquiera habrá que esperar los tres días de que se ejecutoríe la providencia porque se trató de un pedido de ampliación y aclaración.
Añadió que como ya no cabe ningún recurso horizontal, tiene una sentencia condenatoria en firme. En ese sentido, indicó que desde hoy, tiene 20 días para presentar un recurso de acción extraordinaria ante la Corte Constitucional.
Indicó que también se puede plantear una reclamación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ya que la presentación de acción extraordinaria a la CC no impide la presentación de una acción a un organismo internacional.
Paúl Ocaña, abogado del empresario Teodoro Calle, indicó que en su caso se pidió que se aclaren tres puntos y que los jueces respondieron de que en la causa todo está debidamente aclarado.
El abogado reconoció que sabían que los jueces iban a negar el pedido, por lo que indicó que esperará tres días laborables para que se ejecutoríe la sentencia.
El abogado también advirtió que, como siguiente paso, presentará una acción extraordinaria de protección y analizará la presentación de un recurso de revisión con prueba nueva para determinar la inocencia de su cliente. (I)