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El Telégrafo
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Sobreseimiento en caso de supuestos usureros fue dividido

Sobreseimiento en caso de supuestos usureros fue dividido
09 de enero de 2014 - 00:00

En cuanto al sobreseimiento dictado a los supuestos autores del delito de usura cometido en varias ciudadelas y cooperativas del norte de Guayaquil, la jueza María Gallardo Ramia, titular del Juzgado Primero de Garantías Penales del Guayas, detalló que el auto tiene carácter provisional para 34 y definitivo para 7.

La jueza manifestó que el fiscal Julio Vacacela, encargado de la investigación, no contó con indicios suficientes para presumir el delito del que acusó a 39 de los 41 procesados (entre ecuatorianos y colombianos), detenidos el 14 de agosto de 2013.

Frente a esta situación, mediante un comunicado difundido por la Fiscalía Provincial del Guayas, Vacacela expresó que Gallardo no valoró las evidencias presentadas, entre ellas documentos, cartillas, celulares y mensajes de texto que tendrían relación con los préstamos económicos.

Anunció que presentará el recurso de apelación con respecto al proceso, cuya audiencia de llamamiento a juicio y sustentación de dictamen se efectuó el lunes 6 de enero.

De acuerdo con esta resolución del juzgado, la Fiscalía tendría un período de 3 años para recoger elementos que le permitan justificar su acusación, pero antes de eso, mediante la apelación que se tramite en la sala asignada por sorteo, puede solicitar la revocatoria del fallo emitido por el juzgado, con el fin de sustentar la existencia del delito y continuar el juicio en un tribunal.

No obstante a que la decisión de Gallardo no lleva a juicio a los sindicados, por el momento el abogado Hernán Ulloa Parada declaró que también presentará la apelación para que su defendido sea sobreseído definitivamente, pues considera que fue detenido de forma indebida e injustificada.

Detalles de la causa
En el proceso número 2013-0570 que resposa en el Juzgado Primero de Garantías Penales del Guayas, consta que a la jueza le llama ‘poderosamente la atención’ un procedimiento irregular en las detenciones del 14 de agosto de 2013, pues los tiempos entre el inicio de los allanamientos y la emisión de boletas de captura no concuerdan.

En el proceso también se expone que la Fiscalía emite un dictamen acusatorio por el delito de usura, tipificado en los artículos 583 del Código Penal vigente, que indica que es usurario el préstamo en el que, directa o indirectamente se estipula un interés mayor que el permitido por la ley, u otras ventajas; y conforme al artículo 585, el que encubriere con otra forma contractual cualquiera, la realidad de un préstamo usurario, será reprimido con prisión de 2 a 4 años y multa de 1.000 dólares, lo cual no fue sustentado.

En relación a los inmuebles empleados como presuntas oficinas de cobro y recaudaciones, solo se mostraron fotografías de las fachadas, no así datos concretos ni evidencias materiales (imágenes de la actividad allí realizada por los implicados).

Con respecto a las cartillas de cobro y demás documentos que revelarían el presumible ilícito, se advierte que no hubo informe que determine quiénes serían los afectados. En relación a los mensajes de texto que hacen referencia a pedidos de préstamos y cobros encontrados en los celulares incautados, el proceso señala que no se especificó quiénes los enviaron.

También consta que solo 3 de los procesados fueron reconocidos como supuestos prestamistas ilegales, por 3 presuntas afectadas, pero esto se lo hizo mediante la visualización de fotografías que no fueron incluidas en el expediente presentado durante la audiencia de sustentación de dictamen. A esto se suma que algunos de los extranjeros demostraron que llegaron al país como visitantes.

Por ello, la jueza Gallardo consideró que no se presentaron suficientes indicios para presumir la existencia del delito y participación de los acusados.

Datos

Artículo 583 del Código Penal: Es usurario el préstamo en el que, directa o indirectamente, se estipula un interés mayor que el permitido por la ley, u otras ventajas usurarias.

Artículo 585: Será reprimido con prisión de 2 a 4 años y multa de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, el que encubriere, con otra forma contractual cualquiera, la realidad de un préstamo usurario.

De los 41 procesados solo 3 personas fueron reconocidas como supuestas prestamistas, pero solo mediante fotografías que no se incluyeron en el expediente.

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