Sentencia de 34 años de cárcel por asesinato de niño fue ratificada
La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua ratificó la sentencia a 34 años y 8 meses de prisión contra Milton Richard T.L. por el asesinato de su hijastro de 13 años ocurrido en 2018.
El crimen ocurrió el 28 de octubre de 2018, en las calles Eloy Alfaro y Lizardo Ruiz, de Ambato. Después del trabajo, la madre de la víctima llegó a su hogar en compañía del hoy sentenciado y encontró al adolescente de 13 años sin vida, en el piso de su habitación, con una bufanda alrededor de su cuello.
En primera instancia se presumía de un suicidio. Sin embargo, la autopsia reflejó que la víctima no tenía las señales que caracterizan un suicidio por colgadura. Además, presentaba golpes y huellas de violaciones reiteradas. La última, dentro de las veinticuatro horas antes de los hechos.
La Fiscalía logró vincular a su padrastro, Milton Richard T. L., pues la víctima –un mes antes de su muerte– escribió una carta a su madre, afirmando que su padrastro lo maltrataba físicamente.
El menor decía en la misiva que deseaba irse de la casa por miedo a morir a causa de un mal golpe del “joven Richard” y, según la investigación, fue la última persona que estuvo con el adolescente.
En primera instancia, Milton Richard T. L. fue condenado a 34 años y ocho meses de prisión, y al pago de 20.000 dólares como reparación integral a la familia de la víctima.
Sin embargo, la defensa técnica del sentenciado presentó un recurso de apelación a la sentencia impuesta por el Tribunal.
La fiscal de Personas y Garantías, Lorena Cárdenas, se refirió a las pruebas con las que se demostró la responsabilidad del procesado, con especial énfasis en la autopsia médico-legal de la víctima y su respectiva ampliación. Esta determinó que el adolescente falleció por asfixia mecánica, es decir por la obstrucción manual de su nariz y boca.
A esto se sumaron los testimonios de los familiares, el informe investigativo de la Dinased, el informe del rector de la entidad en la que estudiaba del adolescente, que demuestra que había sufrido maltrato en su hogar; y la denuncia puesta en la Junta Cantonal en contra del sentenciado por agresiones anteriores.
Después de la revisión de dicho recurso, la Sala Penal negó el pedido y ratificó la sentencia y el pago de la reparación integral determinada en primera instancia.
Dato jurídico
El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y aunque se sanciona con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, la sentencia se incrementó por las circunstancias agravantes del artículo 47, numeral 11, del mismo cuerpo legal. (I)
El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y aunque se sanciona con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, la sentencia se incrementó por las circunstancias agravantes del artículo 47, numeral 11, del mismo cuerpo legal. (I)