Operatividad de compañías de seguridad con más reglas
Hasta el pasado 31 de agosto, las compañías de seguridad privada tuvieron plazo para cumplir con las nuevas normas establecidas en el Reglamento a la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada.
El personal operativo destinado a la vigilancia ahora deberá ser acreditado con un curso vinculado a su oficio. Las empresas del sector pueden establecer centros de capacitación para la formación del personal, por lo cual requieren de la aprobación de un pénsum y certificación de funcionamiento extendidos por el Ministerio de Gobierno y Policía, previo informe del Departamento de Control y Supervisión de las Compañías de Seguridad Privada.
Galo Estrella, presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Seguridad e Investigación (Anesi), confirmó que el pénsum de estudios y carga horaria para el personal operativo durarán mínimo 120 horas.
No obstante, aseguró que las empresas de seguridad no podrán hacerse cargo del costo de esos cursos. “Esto lo conversamos con las autoridades y como solución se estableció que el Estado se iba a encargar de la capacitación de los guardias de seguridad”.
El personal que apruebe la capacitación recibirá un certificado que lo acredite como tal para que desempeñe sus funciones.
Otras de las normas tienen relación con las modalidades de vigilancias ofrecidas por este sector, las cuales fueron establecidas como fija y móvil.
La primera se realizará solo dentro del recinto de cada establecimiento y podrá únicamente en este sitio portar armas. En caso de usarlas fuera de los lugares y horas de servicio se procederá a decomisarlas.
Según el artículo 16, el armamento y equipo deberá portarse exclusivamente en los lugares y horas de prestación de servicios.
El número de armas utilizadas por un equipo de seguridad dependerá de la capacidad de cobertura: un arma por cada dos guardias.
El otro tipo de vigilancia tiene que ver con el servicios a través de puestos móviles, con el objeto de brindar protección a personas y bienes en sus desplazamientos.