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Caso Mazoyer: Tribunal ratificó sentencia para médico y administrador de la clínica

Bernard Mazoyer acudió a la diligencia, en la cual se ratificó el año de prisión para los procesados.
Bernard Mazoyer acudió a la diligencia, en la cual se ratificó el año de prisión para los procesados.
Álvaro Pérez / EL TELÉGRAFO
29 de febrero de 2016 - 14:08 - Redacción Judicial

El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por el doctor Carlos Julio L., acusado por falta de atención en situación de emergencia a la francesa Charlotte Mazoyer.

La mujer falleció en la casa asistencial de Quito, tras sufrir una herida por un impacto de bala en el corazón a causa de una asalto en el sector de Guápulo (norte de la ciudad), en 2009.

Los asaltantes fueron detenidos, procesados y cumplen una sentencia de 23 años de prisión.

No obstante, Bernard Mazoyer, padre de la víctima, lideró un proceso judicial en contra de la administración de la clínica Pichincha en donde la joven fue atendida y otro proceso en contra del doctor que la intervino, ya que no habría realizado la atención pertinente para salvar a la extranjera, que radicaba en el Ecuador.

El la audiencia, Carlos Julio L., reiteró que intervino a la joven con base a conocimientos técnicos, respetando los protocolos de la casa asistencial y estuvo presto para cumplir con su servicio. "Soy culpable de haber sido fiel al juramento hipocrático", dijo.

Con el dictamen de los magistrados, se ratificó la sentencia de un año de prisión para López, la cual que fue emitida por el Tribunal Sexto de Garantías Penales de Pichincha, en abril de 2014. Este fallo sentenció además una pena de un año de prisión para Francisco L. V., presidente de la Clínica Pichincha.

En la diligencia, el representante de la casa de salud, señaló que jamás hubo problemas en la Unidad de Emergencia. Añadió que el día en que la joven falleció, él no se encontraba en la ciudad, pero reiteró que hubo la atención necesaria para la paciente.

Francisco L. V. recordó que esa fecha, el personal trató de contactarse con el cardiólogo de cabecera, quien estaba en la playa recibiendo un tratamiento médico, pero no dejó un doctor delegado.

El dictamen del tribunal, emitido por unanimidad, fue presidido por el juez Jorge Blum. Los magistrados consideraron que los recurrentes no justificaron los errores que se habrían cometido en la sentencia de la instancia anterior.

La audiencia se desarrolló en presencia de Bernard Mazoyer. Emiliano Donoso, abogado de la familia, señaló que el fallo se ratificó porque el recurso presentado no fue bien fundamentado. "En el hospital se omitieron varios procedimientos de rigor", reiteró. (I)

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