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El Telégrafo
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Llaman a juicio a alcalde de Manta por peculado

Llaman a juicio a alcalde de Manta por peculado
09 de septiembre de 2014 - 17:35

El alcalde de Manta, Jorge Zambrano Cedeño, irá a juicio por peculado. La Corte Provincial de Justicia de Manabí aocgió el pedido de la Fiscalía provincial para llevar a cabo el proceso contra el burgomaestre y otros funcionarios que estuvieron en el Municipio en administraciones pasadas.
Zambrano, actual alcalde de Manta, ya había estado en el cargo en tres periodos anterior, hasta 2010, cuando perdió en la reelección ante Jaime Estrada.

El funcionario tiene en su contra cargos por peculado, producto de la subdivisión de varios contratos de obras ejecutados durante sus administraciones pasadas.

Según el Fiscalía incurrió en una serie de irregularidades, luego de que la Contraloría General del Estado determinó que Zambrano realizó procedimientos administrativos no apegados a la ley de contratación pública, como la subdivisión de contratos, presumiblemente para beneficiar a terceros.

La Contraloría puso en conocimiento de la Fiscalía General del Estado para que haga la respectiva investigación, hecho este que la Fiscalía lo cumplió en primera instancia a través de la indagación previa, seguidamente a través de la instrucción fiscal y ahora determinó que existen elementos suficientes para acusar al sindicado y actual alcalde de Manta, además de los otros procesados.

De momento, el alcalde Zambrano no ha sido notificado del pronunciamiento oficial del llamamiento a juicio. Para el funcionario, la figura del proceso ha sido mal empleada, ya que a su parecer no existiría el peculado.

"En la apertura de la acción, la Fiscalía indicó que no existe perjuicio económico, sino inobservancia a la ley por subdividir contratos y en la ley está justificado que si hay subdivisión de contratos, algo que tampoco lo acepto, sería solo sanción administrativa, no peculado", destaca Zambrano.

El juicio por peculado se llevará a cabo en las próximos días. De ser hallado culpable, Zambrano recibirá una pena de acuerdo al artículo 257 del Código Penal y su pena sería de de 4 a 8 años de reclusión mayor ordinaria. De acuerdo a la disposición transitoria primera del nuevo Código Integral Penal, los procesos penales, actuaciones y procedimientos de investigación que estén tramitándose cuando entre en vigencia este nuevo código, se irán sustanciándose de acuerdo con el procedimiento penal anterior hasta su conclusión.

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