La oralidad reducirá trámites en 4 vías
El proyecto de cambio del sistema escrito al sistema oral en todas las materias judiciales viene desde la Constitución de 1998 y se ratificó en la Carta Magna de 2008.
El artículo 168, inciso 6 de la Constitución referente a los principios de administración de justicia determina: “La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción, y dispositivo.
Por este motivo, el Consejo Nacional de la Judicatura y la Corte Nacional de Justicia (CNJ) elaboraron el proyecto del Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que cambiaría el sistema jurídico en la historia del país.
Para Carlos Ramírez, presidente de la Corte Nacional de Justicia, con la aplicación de la oralidad se reducirán los trámites a cuatro vías: ordinario, sumario, monitoreo y de ejecución, con lo que habrá celeridad en las causas. Lo dijo en el encuentro internacional ‘Nuevas realidades del Derecho Procesal’ realizado en Quito, la semana pasada, con la finalidad de apoyar el Cogep y obtener la experiencia de países como Colombia, Uruguay, Argentina y Francia.
El Cogep también será una normativa que necesitará un nuevo diseño procesal en las materias no penales. Así lo describió Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura, pues se busca que los trámites judiciales sean un servicio público accesible al alcance de todos y que los procesos se resuelvan en un tiempo más corto en las audiencias. “Las decisiones judiciales deben resolver los problemas reales de los ciudadanos, de una forma rápida y efectiva”, agregó.
Santiago Pereira, jurista uruguayo, indicó que su país aplica la oralidad con la reforma procesal civil desde 1989. “Desde ese año usamos el Código General de Procesos, un nombre muy similar al de ustedes”. Fruto de esto, Pereira reveló que de acuerdo con una clasificación (ranking) de la organización World Justice Project, Uruguay se ubica en el primer lugar de Latinoamérica en justicia civil.
En opinión de Carlos Cano, abogado colombiano, la oralidad en el sistema jurídico trae un conjunto de beneficios como la celeridad y la inmediación.
“En Colombia desde 2005 se trabaja la oralidad en el sistema penal, y ya se trabaja en lo administrativo y laboral”, indicó.
Para el magistrado Asdrúbal Granizo, no implementar la oralidad sería incumplir con la Constitución, por lo que destaca la decisión y la voluntad del Gobierno Nacional, en que el Cogep sea una realidad.