La audiencia Preparatoria de Juicio y Sustentación del Dictamen fue fijada para el 23 de octubre de 2014
Karen sufrió 8 años de maltratos y ahora es procesada por el homicidio de su expareja
Solo ve sombras. Wellington tiene 80% de discapacidad visual y para salir y regresar a su casa, ubicada en el plan habitacional Socio Vivienda 2, al noroeste de Guayaquil, necesita que alguien lo acompañe.
El hombre siempre acude al Centro de Rehabilitación Social de Mujeres de Guayas, en el km 17 de la vía a Daule, donde se encuentra privada de la libertad la mayor de sus 3 hijas: Karen, de 26 años.
Ella fue detenida como sospechosa de la muerte de Bryan Q., de la misma edad, causada por una puñalada cerca del cuello. El hecho ocurrió el 22 de junio de 2014, la pareja tenía 3 meses de separada, pero el hombre aún consideraba que tenía derecho de estar con ella en su casa, ubicada en la manzana Colibrí, de Socio Vivienda.
La Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en Delitos Flagrantes de Guayaquil (Guayas) fijó para el 23 de octubre de 2014 la audiencia preparatoria de juicio y sustentación de dictamen por el delito de homicidio, tipificado en el artículo 499 del Código Penal.
El inciso detalla que: “el homicidio cometido con intención de dar la muerte, pero sin ninguna de las circunstancias detalladas en el artículo siguiente (alevosía, por precio con ensañamiento, entre otras), es homicidio simple y será reprimido con reclusión mayor de 8 a 12 años”.
Wellington comentó que para él lo que ocurrió fue en defensa propia, como consecuencia de los maltratos de los que Karen era víctima, desde hace más de 8 años, casi al mismo tiempo de que procrearan a la primera niña. Sus vástagos ahora tienen 9, 7 y 5 años.
“Yo a él lo conocía desde muchacho, se criaron en el mismo barrio y se enamoraron. Todo al principio era felicidad, pero empezaron los celos. Le pegaba bastante y hasta conmigo tuvo discusiones, porque yo la defendía”, manifestó el hombre.
Nunca lo denunció
El progenitor sostuvo que pese a que le pedía a Karen que se separe y lo denuncie, siempre se negó por sus hijos. Además, recordó que en alguna ocasión su hija, para evitar los maltratos, se fue a pasar unas vacaciones con una familia de Esmeraldas, con la esperanza de que Bryan cambie. Él fue a buscarla y la convenció de regresar.
“Pero no cambió. Eran celos sin motivo. Él se emborrachaba y le hacía escándalo, hasta intentaba tener relaciones sexuales a la fuerza”, añadió.
Wellington dijo que su hija le narró que el día que ocurrió el homicidio, Bryan había llegado cerca de las 21:00 y empezaron a discutir, la cogió del pelo y la llevó a la cocina. En el lugar además estaba la hermana de él, quien le ayudaba a los niños a hacer la tarea. “Él cogió un cuchillo y la hirió en la oreja y en los brazos. En el forcejeo por los rincones de la casa, ella le quitó el arma y en un mal movimiento, tratando de asustarlo, se lo clavó en el cuello”.
Bryan quedó tirado en el dormitorio y Karen fue a ver televisión, pensando que solo lo había herido. Cuando la hermana de él fue al dormitorio y lo vio sin vida, le reclamó por lo que había hecho, pero a la vez le pidió que corriera. “Ella sabía que mi hija siempre era golpeada y que él, ese día, empezó la discusión. Lo que no sabemos es qué pasó con el cuchillo, pues los agentes no lo encontraron”, narró Wellington.
La mujer corrió y terminó escondiéndose en un sector conocido como ‘La poza’, un lugar lleno de matorrales y lodo. “Ella me llamó a preguntarme si era verdad que Bryan estaba muerto y yo la convencí para que se entregara a la Policía, porque era obvio que ella lo había hecho para defenderse”, agregó.
Desde ese día, Wellington no ve a sus nietos. Contó que la familia de Bryan se los llevó lejos y han amenazado con no devolverlos a su madre.
Legítima defensa
Marjori López, una integrante del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam), comentó que la organización se ha encargado gratuitamente de la defensa de Karen. En la última audiencia, que fue suspendida, 15 mujeres acudieron a apoyar la causa vistiendo blusas blancas con una hoja que decía ‘Legítima Defensa’.
“Ella es una víctima de muchos años de violencia. Pedimos que no se la condene, porque lo que ella hizo fue defenderse”, enfatizó.
Julio César Cueva, abogado penalista, indicó que en el derogado Código Penal y en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se contempla la figura de la legítima defensa como causa de exclusión de la antijuridicidad (no hay delito). Lo que varió fue la redacción.
El jurista explicó que para determinar que existe la legítima defensa deben existir 3 requisitos (art. 33 del COIP). La primera es que haya una agresión actual e ilegítima. “No es que hay una violación y en 2 horas la víctima lo mata”, detalló. El otro requisito es la necesidad racional de la defensa. “Aquí hablamos de la proporción. No porque me dan una cachetada yo voy a dispararle a alguien”, agregó.
El último parámetro es la falta de provocación suficiente por quien actúa en defensa del derecho. “Que me digan ladrón no es razón para matar a alguien”, explicó.
La persona que se exceda de los límites de las causas de exclusión será sancionada con una pena reducida en un tercio de la mínima prevista en el respectivo tipo penal.