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La nueva normativa sanciona incluso a quienes financien la actividad ilícita

El COIP castiga el tráfico ilegal de migrantes (DOCUMENTO)

El COIP castiga el tráfico ilegal de migrantes (DOCUMENTO)
30 de abril de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

Uno de los problemas que encuentra la Fiscalía para luchar contra el tráfico ilegal de migrantes es que no está tipificado en el Código Penal vigente, por tanto recurre a otras figuras delictivas como la asociación ilícita o estafa, para acusar a quienes cometen este delito que generalmente conforman estructuras que en la mayoría de los casos rebasan las fronteras.

En este tema, la actual normativa hace referencia solo a la salida de personas de manera fraudulenta, mientras que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que el delito además de implicar el ingreso, incorpora todas las acciones consideradas para el tráfico ilegal de migrantes y  la pena es más drástica.

El artículo 213 del COIP indica que “la persona que, con el fin de obtener directa o indirectamente beneficio económico u otro de orden material por cualquier medio, promueva, capte, acoja, facilite, induzca, financie, colabore, participe, o ayude a la migración ilícita de personas nacionales o extranjeras desde el territorio del Estado ecuatoriano hacia otros países o viceversa, facilite su permanencia irregular en el país, siempre que ello no constituya infracción más grave, será sancionada con pena privativa de libertad de 7 a 10 años”.

La fiscal Tania Moreno considera que este artículo es completo, ya que abarca todas las conductas que implican un tráfico de migrantes donde “obviamente hay ingreso y salida de personas de forma fraudulenta”.

La funcionaria dijo que esto permitirá sistematizar mejor las investigaciones, por ejemplo, en el caso ‘Medusa’ la Policía apresó a 10 personas involucradas en traer a 72 mujeres de origen cubano a las que estaban explotando sexualmente.

Los detenidos fueron sindicados por asociación ilícita debido al vacío que existe en la ley actual, “una vez que entre en vigencia el COIP se los podrá procesar directamente por tráfico ilegal de migrantes que es el verdadero tipo penal”, explicó Moreno.

La organización fue descubierta a principios de este mes, luego de 6 meses de investigaciones, la cual posiblemente obtenía un promedio mensual de $ 50.000, que recibía de las migrantes cubanas a las que trajeron con el engaño de que les tramitarían papeles para que sigan su periplo hacia Estados Unidos, que era el destino final.

También recordó el caso ‘Carta Negra’, efectuado a principios de año, que permitió la captura de 17 personas que se habían dedicado a elaborar cartas de invitación para cubanos, un requisito indispensable para ingresar al Ecuador.

Por el trámite, la organización cobraba hasta $ 3.000. En este caso la Fiscalía vinculó a una notaría, en cuyo despacho laboraban 2 ciudadanos cubanos de manera irregular, quienes al parecer hacían los contactos. “En la oficina hallamos más de $500.000 presumiblemente producto del negocio ilícito”, señalóla fiscal, por lo que también inició la causa por asociación ilícita.

Javier Córdova, viceministro del Interior, al referirse a estos casos, dijo que el Plan Nacional contra la  Trata de Personas, “tiene como objetivo no solo desarticular a las bandas, sino ofrecer atención a las víctimas”, por tanto la nueva normativa es fundamental para perseguir a los traficantes de migrantes.

El abogado Stalin López destacó el hecho de que en la nueva normativa se contemplan sanciones más  fuertes y empeoran cuando se trata de niños o personas en situación de riesgo, en cuyo caso la pena será de hasta 13 años. “Los migrantes son víctimas de mafias que los engañan y trafican en condiciones deplorables, por eso el COIP es una herramienta efectiva que sabrán usar los fiscales, y los jueces podrán sancionar más drásticamente”, aseguró.

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