El CJT propone que juicios no prescriban
La noche del 4 de octubre de 2011, María Fernández de Córdova, de 21 años, fue asesinada con más de 20 golpes, ocasionados con un martillo, en el interior del departamento de su ex novio Roberto Campos Crespo, de 39 años, al norte de Guayaquil.
El cuerpo de la joven fue encontrado por la madre y hermano del sospechoso, quien cerca de la medianoche realizó una llamada avisando que había discutido con la víctima. Vecinos del sector afirmaron que Campos salió, en la madrugada, con varias maletas de su apartamento.
Desde esa fecha se desconoce su paradero, por lo que el Juzgado 28º de Garantías Penales emitió una orden de captura en su contra.
En febrero de este año se tenía prevista la audiencia para determinar la posible exhumación del cadáver y hacer los exámenes correspondientes, sin embargo, la defensa del acusado no acudió a la diligencia por segunda ocasión, el juez advirtió que la instrucción fiscal fue cerrada, por lo que la petición de exhumación ya no podrá ser procesada, pues la ley no lo permite.
El 20 de julio de 2012, el departamento de Interpol en Ecuador realizó una comunicación de reiteración a su similar en Lima, solicitando la cooperación de búsqueda en ese país, ya que de acuerdo a los movimientos migratorios, Campos había ingresado al vecino país horas después del asesinato.
El pasado 25 de julio, Cinthya Rebutty, de 21 años, fue hallada muerta, desnucada en un vehículo en el km 4 de la vía a Salitre. El sospechoso de su muerte es Carlos Alfredo Rodríguez León, de 35 años, marino de profesión. En agosto pasado, un juez dictó prisión preventiva, pero Rodríguez ya salió del país, el 5 de agosto, por Huaquillas con destino a Perú.
Como estos casos, muchos de los involucrados en asesinatos y otros delitos salen del país y regresan luego de varios años, cuando las causas ya han prescrito.
Ante esta situación, el vocal del Consejo de la Judicatura, Fernando Yávar, anunció la propuesta de eliminar la figura de la prescripción de la pena en los casos que los imputados hayan salido del país para evitar su juzgamiento y sentencia.
Según Yávar, se trata de incorporar la propuesta al proyecto de Código Integral Penal que aún está en discusión entre los legisladores, con el objetivo de reducir la impunidad en los delitos.
La propuesta radicaría en que si un acusado fuga del país para evadir el proceso legal, este quede suspendido y se reabra en el momento en que la persona regrese.
Yávar explicó que de aprobarse, ya no será una escapatoria irse del país a esperar que los procesos judiciales prescriban. “Se suspenden los tiempos de prescripción, no importa si regresa a los 80 años. Ese día lo juzgamos”, manifestó.
Para Juan Jaramillo, abogado penalista, explicó que según el Art. 195 de la Constitución se establece el principio de oportunidad, delegado específicamente a la Fiscalía, que tiene la facultad y obligación jurídica para perseguir los delitos, teniendo como apoyo a la Policía.
Jaramillo señaló que si estas dos instituciones no tienen la capacidad para actuar e intervenir a tiempo en los casos, no importa cuantas leyes se promulguen, los delitos continuarán quedando en la impunidad. “El problema no son las leyes, sino cómo estas se ejecutan y cómo actúan los administradores de justicia”, afirmó y añadió que mientras no haya un diseño claro de la política criminal que es responsabilidad del Estado, el índice de criminalidad aumentará.
Según la ley, un asesinato prescribe en 10 años. Jaramillo señaló que si en ese tiempo las autoridades encargadas de investigar y sancionar no han podido hacer nada, en el doble de años será igual.
El funcionario manifestó que cualquier tipo de reforma debe ser analizada, pues de lo contrario se corre el riesgo de únicamente crear más aparatos burocráticos que no agilizarán la justicia. Los delitos sancionados con prisión como asociación ilícita, prescriben en cinco años, los de reclusión como asesinato en 10 años y los de reclusión mayor especial en 15 años.
Para Jaramillo, se debe tener cuidado con la aplicación de las leyes, para no correr el riesgo de que se las mal utilice con fines políticos, para mantener alejados a “enemigos políticos”, pues esto puede afectar derechos de personas inocentes, de las cuales sus garantías en la defensa oportuna puedan ser vulneradas de una u otra forma.