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Corte Nacional de Justicia emitió providencia por prescripción en caso Jiménez/Villavicencio

Corte Nacional de Justicia emitió providencia por prescripción en caso Jiménez/Villavicencio
17 de marzo de 2015 - 20:34


Luís Enríquez, juez de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, corrió traslado al presidente de la República, Rafael Correa Delgado y le dio 72 horas para que se pronuncie, sobre el pedido de Kléber Jiménez y Fernando Villavicencio de la prescripción de la pena de un año que pesa sobre ellos.

Para Julio César Sarango, defensor de Jiménez y Villavicencio, no se debía correr traslado, es decir, poner en conocimiento a la otra parte. “Eso es potestad del juez, no de las partes. El juez tiene que declarar si prescribe o no. No debía correr traslado, eso viola garantías a la libertad ambulatoria, y la presunción de inocencia”.

El abogado manifestó que ya prescribió la pena, y es el juez que tiene que pronunciarse declarándola prescrita. Y del mismo modo, se deje sin efecto la orden de captura para que la Policía Judicial se abstenga de aprehender a los procesados.

La última diligencia de Aclaración y Ampliacion de la sentencia fue dictada el 13 de marzo de 2014, por lo que la sentencia quedó en firme, y actualmente la pena de un año se encuentra prescrita, según la defensa.

Jiménez, Villavicencio y Figueroa presentaron una denuncia contra el Primer Mandatario por supuestamente haber ordenado la incursión armada al Hospital de la Policía, durante la rebelión de los uniformados el 30 de septiembre del 2010. La demanda fue rechazada por Fiscalía, y declarada como Maliciosa y Temeraria.

El presidente Correa contrademandó a los activistas políticos por injurias calumniosas, lo cual motivó que la jueza de la CNJ, Lucy Blacio, -en ese entonces-, fallara en favor del mandatario.

Los tres procesados recibieron una condena de 18 meses de prisión en el caso de Jiménez y Villavicencio; y 6 meses para Figueroa. Además del pago de $140.000 como indemnización al presidente Correa, y la presentación de disculpas públicas.

El tribunal penal de la Corte Nacional de Justicia notificó por escrito la sentencia en enero del año anterior.

En agosto de 2014, la jueza Lucy Blacio emitió una resolución sobre la pena de Jiménez, Villavicencio, y Figueroa. La condena se rebajó de 18 meses a 1 año por el principio de favorabilidad y benignidad del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

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