Consejo de la Judicatura dictó medida cautelar de suspensión para juez de Pichincha
María del Carmen Maldonado, presidenta del Consejo de la Judicatura (CJ), anunció que dictó medida cautelar de suspensión contra el juez de la Corte Provincial de Pichincha, Henry C., por estar señalado en un presunto enriquecimiento ilícito.
El anuncio se conoció este jueves 30 de julio, luego de que Wilman Terán, juez de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), dictara medidas alternativas, para el magistrado.
Dichas medidas se iniciaron tras la audiencia de formulación de cargos efectuada ayer. El fiscal general subrogante, Wilson Toainga, formuló cargos contra el magistrado por registrar movimientos económicos inusuales.
Maldonado indicó en su cuenta de Twitter que la medida se realiza "con el fin de precautelar el servicio de justicia mientras el servidor es indagado".
En razón de los hechos de conocimiento público sobre presunto enriquecimiento ilícito del Juez de la Corte Provincial de Pichincha,H.C., informo al país que he dictado medida cautelar de suspensión,con el fin de precautelar el servicio de justicia mientras el servidor es indagado
— María Del Carmen Maldonado Sánchez (@PresidentaCJ) July 30, 2020
Terán dispuso para el juez la prohibición de enajenar bienes, retención de cuentas bancarias por el valor de $ 565.394,58 y prohibición de salida del país. La instrucción fiscal durará 90 días.
#ATENCIÓN | #FiscalíaEc formuló cargos por presunto enriquecimiento ilícito contra Juez de #Pichincha, Henry C., por presunto enriquecimiento ilícito: no habría podido justificar más de 500.000 dólares en sus cuentas. #FiscalíaContraElDelito
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) July 29, 2020
Detalles ⬇️https://t.co/i1s6up8AMP pic.twitter.com/54xijdXBGK
La Fiscalía informó que durante la diligencia, Toainga expuso 17 elementos de convicción como son informes de análisis financieros de los movimientos bancarios del procesado, en los que se detalla que no ha podido justificar $ 565.394,58, según las entidades del Sistema Financiero Nacional.
Según Fiscalía, el procesado es accionista en tres compañías: Compañía Constructora y Ferretera Cáliz Barragán Cía. Ltda., la Huerta Industria Alimenticia INALAHU Cía. Ltda. y Compañía de Seguridad CIUDADSEG Cía. Ltda.
El artículo 279 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de libertad de 7 y 10 años. (I)