Fausto Murillo Fierro, vocal del Consejo de la Judicatura
“El Consejo de la Judicatura no juzga disciplinariamente el error inexcusable”
Una de las causales por las que se destituye a un funcionario judicial es el error inexcusable, lo cual, en su momento, provocó polémica y malestar entre el personal cesado. Fausto Murillo Fierro, vocal del Consejo de la Judicatura y encargado del Control Disciplinario, durante una visita a Guayaquil dialogó con EL TELÉGRAFO sobre esta medida administrativa.
¿El Consejo de la Judicatura tiene injerencia en las decisiones de los jueces?
El juez es absolutamente independiente externa e internamente y es el responsable exclusivo del contenido judicial de sus decisiones. Ahí el Consejo no tiene posibilidad de incursionar.
Pero, ¿sí cuando se comete un error inexcusable?
No puede aceptarse que un juzgador cometa un craso error en normas elementales de procedimiento. Si omite, desconoce y vulnera las normas que rigen el debido proceso, estaría incurriendo en un error inexcusable.
¿El Control Disciplinario aplica esa causal?
El Consejo de la Judicatura actual no juzga disciplinariamente el error inexcusable por sí y ante sí.
Para que se sancione administrativamente con esa causal, se necesita que un juez de órgano jurisdiccional declare que el funcionario judicial incurrió en ese error. Solo con esa declaración la Judicatura inicia un expediente disciplinario, en el que se respeta el debido proceso del sumariado.
¿Quién toma la última decisión en la sanción de un juez?
La sustanciación de estos procesos se lleva bajo la Subdirección de Control Disciplinario, y quien toma la decisión final a través de una resolución debidamente motivada y fundamentada es el pleno de la Judicatura. (I)