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COIP crea y protege tarea del “agente encubierto”

COIP crea y protege tarea del “agente encubierto”
29 de agosto de 2013 - 00:00

La Policía asegura que la lucha contra el crimen organizado es un trabajo que requiere ser ejecutado de manera integral, con la aplicación de nuevas estrategias que permitan a las instituciones investigadoras no solo detener a los implicados sino dar con los cabecillas y anularlos, de manera que toda la organización sea desbaratada completamente.

Esta discusión ha llegado también a la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, donde se incluyó en el libro segundo, sección tercera, del nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), un capítulo sobre “Técnicas especiales de investigación”, que crea las figuras del agente encubierto y del informante.

La asambleísta Gina Godoy, vicepresidenta de la Comisión de Justicia, explica que la delincuencia organizada está teniendo prácticas en nuestro territorio en el tema del narcotráfico, por ejemplo. La Policía ha descubierto que estas organizaciones captan, cultivan, procesan y comercializan a partir de una red, “por eso es pertinente la creación del agente encubierto”,  afirma.

La sección sobre “Técnicas especiales de investigación” consta de 15 artículos y el 480 se refiere a “Operaciones encubiertas”.

El articulado señala que: “En el curso de las investigaciones, de manera excepcional, bajo la dirección de la unidad especializada de la Fiscalía, se podrá planificar y ejecutar con la Policía Nacional una operación encubierta y autorizar a sus agentes para involucrarse o introducirse en organizaciones o agrupaciones delictuales ocultando su identidad oficial, con el objetivo de identificar a los participantes, reunir y recoger información, elementos de convicción y evidencia útil para los fines de investigación”.

Dentro de la Policía hay servidores que están entrenados para dedicarse a esta tarea, “por eso es importante incentivar y asegurar su trabajo y que no se vea expuesto o se ponga en peligro su vida”, indicó la asambleísta.

Actualmente no existe una norma para que el agente encubierto, que expone su vida o integridad,  no tenga responsabilidad penal posterior sobre la participación en conductas delictivas en las que se involucra  durante el proceso tendiente a desbaratar una organización criminal.

El Art. 480 aclara las atribuciones del agente encubierto y además las delimita para evitar excesosIncluso las investigaciones encubiertas podrían llevar a un agente hasta la cárcel, pero todo conducido en función de las necesidades de la investigación, luego de lo cual dejaría esa tarea y volvería a sus actividades normales, dentro de sus respectivas unidades.

Para Vicente Robalino, juez de la Corte Nacional de Justicia, lo que se está ingresando al COIP son varias herramientas que permiten un trabajo más especializado, sobre todo en la lucha contra las transnacionales delictivas. “Posiblemente con la incorporación al Código de este tema tendremos resultados más efectivos”, destaca.

El jurista también recomienda la aplicación de recompensas para informantes, de acuerdo con los objetivos de los casos en los que intervienen la Fiscalía, Policía y el Ministerio del Interior. “Las recompensas no son solo económicas, sino también en el sentido de los cargos cuando se entrega información válida o alguna declaración que ayude a descubrir cabecillas de las organizaciones o localizar víctimas”, asegura Robalino.

La asambleísta Mariangel Muñoz cree que este tema responde a procedimientos especiales establecidos en instrumentos internacionales “y que ahora estamos incorporando en el Código Penal, como son el agente encubierto, la delación compensada e informantes que dan luz en un proceso para determinar a los culpables, pero sobre todo sirve para perseguir al crimen organizado”.

El objetivo del agente encubierto es que  este ingrese a la organización criminal, “para lo cual debe ganarse la confianza y para ello posiblemente tendría que delinquir, pero todo esto tiene que ser plenamente conocido por la autoridad” y además está excluido de ser considerado responsable en el cometimiento del delito. “No es una licencia para delinquir, no se trata de que el Estado sea cómplice de delitos, se establece este mecanismo para luchar contra el crimen organizado”, aclara.

LA POLICÍA CREE QUE AYUDARÍA EN SU TAREA

El director Nacional de la Policía Judicial, coronel Milton Zárate, indica que al momento la Policía no ejecuta ese tipo de operaciones infiltradas, ya que la ley no se lo permite. Sin embargo, cree que en caso de aprobarse en el nuevo Código Penal “sería magnífico, ya que nos ayudaría en los trabajos que hacemos en contra de la delincuencia”, pues se tendría un marco legal que autorizaría y los protegería en el cumplimiento de este tipo de operaciones.

Zárate señala que la Policía cuenta con personal especializado para esta clase de tareas. “Es parte de nuestra formación”, pero no se ha puesto en práctica por las limitantes de índole legal. “Usamos otras tácticas contra el crimen organizado, pero contar con agentes encubiertos daría celeridad a las indagaciones”, agrega.

La misma norma, que está incluida en el artículo 480 del proyecto, aclara las atribuciones del agente encubierto y además las delimita para evitar excesos. En concreto, señala que “el agente encubierto estará exento de responsabilidad penal, civil o administrativa por aquellos delitos en que deba incurrir o que no haya podido impedir, siempre que sean consecuencia necesaria del desarrollo de la investigación y guarden la debida proporcionalidad con la finalidad de la misma, caso contrario será sancionado de conformidad con las normas jurídicas pertinentes”.

MERA PIDE INCLUIR INJURIAS POR INTERNET

El secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, destacó la importancia de la expedición de un nuevo Código Penal Integral, al realizar varios señalamientos puntuales sobre el proyecto, ante la Comisión de Justicia de la Asamblea.

Los asambleístas le hicieron varias observaciones, por ejemplo en la discusión sobre incluir en el Código el “Linchamiento mediático”, ante  lo cual el Secretario Jurídico señaló que este tema no debería incluirse como delito penal, sino resolverse en el ámbito de lo civil.

Además, se refirió a que el nuevo Código debería modificar los recursos de revisión, que deberían  caber solo en virtud de la existencia de una nueva prueba que aporte o modifique el curso de un juicio; de lo contrario, aseguró Mera, tendría que buscarse la manera de limitarse, para que no se abuse de este recurso y los juicios se alarguen injustificadamente.

En el mismo sentido, opinó que también tendría que eliminarse el recurso de nulidad. En materia procesal, Mera señaló que hay un asunto de fondo en la manera de ejercer la investigación penal y “en este tema nos ha pasado en el ejercicio del Gobierno que ciertos policías buscan  pretextos para no hacer las cosas”.

Al referirse al capítulo sobre “las investigaciones especiales”, el Secretario Jurídico opinó que no se puede  poner a la Fiscalía como la exclusiva impulsadora del proceso penal, pues la Policía puede, por su cuenta, hacer investigaciones y actuar directamente. “La Policía no necesita que todo trámite indagatorio le sea ordenado por la Fiscalía, ya que esto podría ser mal utilizado por policías irresponsables; se tendría que  reformar para evitar que la Policía se quede cruzada de brazos hasta tener una orden fiscal”, señaló.

También se refirió a la necesidad de incluir los delitos realizados mediante la utilización de las redes sociales, como las injurias, que muchas veces son muy perjudiciales por el alcance que tienen, así como en casos de incentivo al odio, violencia o la propagación de informaciones falsas que promuevan una conmoción social.

Se debería tener “el asesoramiento de un experto en informática”, señaló, con el objeto de buscar la manera de tipificar estos delitos en redes sociales.  

Sobre las penas contra menores, indicó que está de acuerdo con que se incrementen las sanciones en determinados delitos, pues sentenciarlos máximo  4 años no es suficiente.

DATOS

El 7 de diciembre del 2012 se presentó el borrador del informe del Código Penal para segundo debate.   

A casi dos años de discusiones en torno a las reformas al COIP, la Comisión de Justicia de la Asamblea espera terminar con las consultas y debates esta semana.  

Una vez aprobado el COIP todas las normas de carácter penal que estén en otros cuerpos legales serán derogadas.

El nuevo Código Orgánico Integral Penal garantiza en sus articulados los derechos de las víctimas y la reparación del daño causado.

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